La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) ganó laudo ante un tribunal de arbitramiento millonario contra la antigua Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A., que le representará al Estado un ahorro de más de 179 mil millones de pesos en pretensiones económicas que reclamaba el concesionario.
“Ratifica que la ANI tenía razón en sus pretensiones. Este es un contrato que tuvo varios incidentes desafortunados, como que de la concesionaria hicieran parte los hermanos Nule, y que además tuvieran una serie de inconvenientes técnicos”, aseguró la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
En la demanda presentada al Tribunal Arbitral, el concesionario buscaba que se le reconocieran dicho monto por considerar que no se había obtenido el ingreso esperado para dar término a la concesión, lo cual fue negado en su totalidad por los árbitros.
Ante ese tribunal la Agencia Nacional de Infraestructura presentó una demanda de reconvención en contra de la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. por graves incumplimientos en la ejecución del contrato, pretensiones que los árbitros acogieron y condenaron al pago de cerca de 200 mil millones de pesos a favor de la Nación.
En este proceso, liderado por el Ministerio de Transporte y la ANI, también participó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, quien apoyó los alegatos y argumentos formulados desde la Entidad.
La constructora Carlos Collins encabezaba la concesión, que también estaba conformada por Vergel y Castellanos; Alejandro Char Chaljub (como persona natural) y Álvarez y Collins S. A., cada uno con un 25 % de participación. Los porcentajes restantes los abarcaban la Dian (24,9 %) y Bapacol (0,1 %), vinculada con Fuad Char.
En enero del año pasado, la Superintendencia de Sociedades, mediante el auto 400-000858 de 2017, ordenó la liquidación de Constructora Carlos Collins S.A.
La decisión se tomó por petición de la Delegatura para la Inspección, Vigilancia y Control que realizó visitas a la compañía donde constató que la constructora no desarrolla actualmente su objeto social ni cumplió con la obligación legal de renovar su matrícula mercantil.