Si está desempleado y busca un lugar en el mundo para generar ingresos, sepa que en Colombia, aún sin reforma laboral, hay alternativas al trabajo presencial que llegaron durante la pandemia para quedarse y cada vez ganan más terreno.
El abogado laboral Belisario Velásquez explica las diferencias básicas en cada una de las modalidades vigentes en Colombia para que las tenga en cuenta a la hora firmar un contrato: Teletrabajo, Trabajo desde casa y Trabajo remoto.
Desde 2008, existe el teletrabajo en el país. Consiste en desempeñar actividades remuneradas o por prestación de servicios (que el gobierno del presidente Gustavo Petro quiere acabar). Se caracteriza porque el trabajador y la empresa están en constante contacto sin que se exija la presencia física en el sitio específico de trabajo.
Después, en 2012, el Teletrabajo adoptó tres formas diferentes: Autónomo, Suplementario y Móvil. En el Teletrabajo Autónomo, el trabajador cumple sus funciones con el apoyo de las tecnologías de la información desde cualquier lugar.
El Suplementario lo practican todas las personas que hacen alternancia y teletrabajan al menos dos días a la semana, de manera híbrida. Sus tareas las distribuyen dentro de la empresa y fuera de ella.
En el Teletrabajo Móvil el empleado utiliza dispositivos móviles para ejecutar sus tareas sin tener lugar definido para desempeñar su labor. Es importante tener en cuenta que esta forma o modalidad de trabajo debe ser especificada dentro del contrato y no es un permiso temporal.
El Trabajo desde casa nació en 2021 y le permite al trabajador desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza. Es un cambio temporal que no implica modificar el contrato o la relación laboral. Se utiliza en circunstancias ocasionales o excepcionales que impiden realizar las tareas dentro de la empresa.
En 2021 comenzó a operar la relación laboral de manera Remota que se caracteriza porque es explícita desde el inicio del contrato hasta su terminación. El empleador y trabajador no interactúan físicamente durante la vinculación laboral. Las funciones se desempeñan mediante el uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones.
Así las cosas, con o sin reforma laboral, los colombianos, tanto empleadores como empleados, tienen alternativas que se ajustan a las necesidades y los contextos para elegir otras opciones disponibles en el mercado laboral, diferentes al trabajo presencial.
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