Es en verdad sorpresivo pero en cualquier forma edificante que el presidente Santos se haya dado cuenta la noche de ayer que quienes votamos por el No anhelamos y buscamos la paz. Hasta el domingo al final de la tarde fuimos, para el gobierno y áulicos suyos, partidarios cerreros de la guerra encarnizada. Acerca de nuestras opiniones sustentadas sobre el acuerdo de justicia se dijo que no tenían importancia alguna.
Álvaro Leyva Durán y Manuel José Cepeda Espinosa, coautores del aparte de justicia transicional, cerraron las puertas a sugerencias constructivas dirigidas a introducir parámetros reconocidos globalmente a mecanismos estructurados a espaldas de expertos y opinión. El voto mayoritario por el No fue en esencia rechazo a la impunidad y violación al derecho internacional contenido en los textos de justicia.
El voto mayoritario por el No fue en esencia rechazo
a la impunidad y violación al derecho internacional
contenido en los textos de justicia
El golpe de mano a las instituciones que entraña la utilización de los acuerdos especiales del artículo 3 común de las Convenciones de Ginebra, de naturaleza exclusivamente humanitaria, recibió el repudio del país. En adelante, no se podrán invocar fórmulas manipuladas de derecho internacional para introducir cambios ilegítimos a la Constitución. En este punto específico que no se llame nadie a engaños ni vanas esperanzas: la paz tendrá que correr por los caminos de la deliberación abierta, fundados en poderes constituyentes sin asomo de duda.
El país debe hacer el tránsito hacia una carta constitucional para la paz definitiva. El profesor Javier Duque Daza ha escrito [“La reforma constitucional de 1910. Constantes institucionales y nuevas reglas”, Pap. Polit. Bogotá, Colombia, Vol. 16, No. 1, 185-212, enero-junio 2011] que, en firme la Constitución de 1886, en 1910 se generó una dinámica de negociación intensificada de paz que encarnó la Asamblea Nacional Constituyente de este año, convocada por el presidente Ramón González Valencia.
Este cuerpo constituyente dio comienzo al “bipartidismo fluido”, según el profesor Duque. Fue la paz en acción después de la conflagración de los Mil Días. Su integración pluralista no representó una imposición de vencedores. Cuatro grupos partidistas hicieron parte de ella. Se concibió un conjunto de “puntos cardinales”, o acuerdo sobre lo fundamental en palabras de Álvaro Gómez Hurtado.
Surgió así un documento histórico donde se reconocía la representación de las minorías, el establecimiento de la responsabilidad presidencial, la prohibición de la reelección inmediata del presidente, la reunión anual de las cámaras, la libertad de imprenta y el voto de censura entre otros cambios.
La Constituyente de 1910 eliminó limitantes formales al sistema democrático pues no existía la universalidad del sufragio, ni garantías a las libertades y derechos individuales. Construyó consensos frescos y renovados en su momento, centrados en el carácter unitario de la Nación y el ordenamiento territorial.
Charles Berquist llamó “nuevo orden” a la sociedad nacida en la Asamblea de 1910 [Café y Conflicto en Colombia, 1886-1910, Medellín, FAES]. La victoria del No insinúa con claridad que se requiere de un nuevo orden público cuya columna vertebral sea el renacimiento de justicia regular que pueda, entre otras funciones, investigar y juzgar los crímenes contra la humanidad e infracciones a las leyes de la guerra. Con firmeza y magnanimidad. Y proveer el servicio de justicia pronta y eficiente a todos los colombianos.
La Constitución de 1991 no se encuentra escrita ni mucho menos en moldes de piedra. Implora reformas y adiciones en muchos órdenes, por fuera de cualquier mesianismo constitucional espurio. La Asamblea Constituyente que tiene que convocarse tendría que afrontar simultáneamente la reforma de la justicia, la paz de mano tendida con las insurgencias, y leyes draconianas que depuren finalmente el ejercicio de la política, dentro de la cual debe estar el límite a los periodos de elección para congresistas, concejales y diputados.
La Constitución no podría amanecer un día reformada por vía de interpretaciones abusivas de acuerdos especiales —como los originados en el artículo 3 común de las Convenciones de Ginebra de 1949— carentes de la categoría de tratado internacional público Las reformas deben hacerse a la luz del día, con plena participación democrática. Abiertos los cerrojos antidemocráticos que los asesores diletantes del presidente Santos le colocaron a procesos por naturaleza abiertos.
Pasó anoche el plebiscito. No para que vuelva en el corto o mediano plazo. Porque en la mañana de hoy debieron darse los buenos días a la Asamblea Nacional Constituyente de 2017.
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Los partidarios del No debimos tolerar pacientemente la sindicación de incorrección política e incluso insultos de columnistas [algunos de ellos de las2orillas] y medios durante la campaña que terminó. Guerreristas y antipatriotas fueron los epítetos. A ellos, mano tendida brindamos —tengo la certeza— todos los votantes del No. Porque se trata de edificar la paz sobre bases en verdad perdurables que resistan los embates de tiempos y funcionarios que rotan nacional e internacionalmente. La paz es de todos, no de uno u otro funcionario o contratista o de este o aquella ministra.