Según el máximo órgano de cierre de lo contencioso administrativo, hablo del Consejo de Estado, Seuxis Paucias Hernández Solarte, mejor conocido como Jesús Santrich, desde el momento de la elección, esto es marzo de 2018, tiene fuero como congresista. Por lo anterior las investigaciones en su contra, así como las órdenes de captura, incluida la más reciente, deben haberse proferido por la sala de casación penal de la honorable Corte Suprema de Justicia. Esta es la historia:
El 02 de agosto de 2018, se presentó por escrito una "alerta temprana" ante la Cámara de Representantes, en cabeza del doctor Carlos Alejandro Chacón, advirtiéndole de paso que la curul del reconocido Jesús Santrich, en acatamiento del debido proceso del ordenamiento jurídico y del principio de legalidad debía de preservarse, teniendo en cuenta una sentencia del Consejo de Estado, la número 11760 del 17 de octubre del año 2000.
En esa misma línea se tiene el reciente pronunciamiento del Consejo de Estado en el cual preservó la curul del exnegociador de las Farc y el fallo de comienzo de este año donde la propia Procuraduría delegada ante el Consejo de Estado respaldó la postura en igual sentido. Por lo tanto se reconfirma que Hernández Solarte es congresista, incluso sin necesidad de un voto, según lo pactado en La Habana y firmado en el Teatro Colón de la capital.
Cabe destacar además que en un fallo de pérdida de investidura de una concejal del municipio de Filandia, a pesar de que la demandada en su defensa argumentó que al momento de la demanda ella aún no había tomado posesión del cargo, el Tribunal Contencioso Administrativo del Quindío determinó que con base en la sentencia del Consejo de Estado 11760 del año 2000, caso Almario Rojas, la condición de concejal o congresista se adquiere al momento de la elección. Acá vale recordar que las Farc obtuvieron 52 mil votos en las elecciones de Congreso de marzo de 2018.
Entonces, Jesús Santrich, según lo arriba enunciado, tiene fuero de congresista y, por lo tanto según el ordenamiento jurídico de este país, la Corte Suprema de Justicia es la que debe ordenar la captura y no la Fiscalía General, así como tampoco la juez 16 de control de garantías de Bogotá. En resumen, alias Santrich debe responder por los crímenes de guerra, pero no se puede obviar que la institucionalidad se rompió por la forma en la que fue nuevamente retenido también. De hecho, deja mucho pero mucho que desear que el señor Iván Duque en su condición de candidato haya hecho proselitismo político con la extradición de Jesús Santrich y que ahora como presidente haya personalizado su profunda animadversión por encargo o encomienda.