De acuerdo a la información suministrada por la entidad estadística, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del 2021 fue de 5,62%.
Con Conhasta en 5,62%.
Dicho dato será el tope máximo de incremento que podrán fijar arrendatarios y arrendadores, es decir, también se podría establecer un alza menor.
En todo caso, la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) indicó que esto no implica una subida automática de todos los arrendamientos en Colombia.
Daniel Vásquez, presidente del gremio, explicó que el incremento de hasta 5,26% solo podrá hacerse en el momento en el que cada contrato sea renovado durante el 2022.
Es decir, si a una persona o familia se le vence su contrato de alquiler en junio de este año y desea renovarlo, solo en ese momento podrá aplicarse. Y así sucederá con cada caso particular.
El líder gremial recordó que el dato del DANE es fundamental y debe aplicarse en los términos establecidos por la ley.
Esto, entiendo en cuenta que cerca de 44% de las familias en Colombia viven en arriendo, es decir, unos 6,3 millones de hogares, número superior a los 5,8 millones del 2020.
“Considerando esta importante cifra y teniendo en cuenta que las familias en el país están conformadas por 3,1 personas, en promedio, el tema de arriendos es trascendental, pues impacta a más de 18 millones de colombianos”, dijo Vásquez
Y enfatizó que el incremento en los arriendos de la vivienda urbana se basa únicamente en el IPC y que nada tiene que ver con el aumento del salario mínimo, que subió 10,07% para este año.
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