Hace 13 años la Corte Constitucional hundió por un vicio de procedimiento la piedra angular de la Seguridad Democrática. El thriller es complejo e involucra a el Congreso, la Corte Constitucional, un presidente recién posesionado y a un país decepcionado con la posibilidad de una salida negociada al conflicto. Sin embargo, los dos protagonistas principales son: el Acto Legislativo 02 de 2003 (Alias "Reforma") y el Estatuto Antiterrorista (Alias "Estatuto). Hermanos gemelos que murieron antes de nacer. En esa línea, la sentencia que declaró inexequible el mencionado Acto Legislativo se configuró en el clímax del thriller al ser la primera decisión del Alto Tribunal que tumbó completamente una reforma constitucional. Fue gracias a esa sentencia que la Corte demostró plena autonomía e independencia durante el primer gobierno de Álvaro Uribe. A 13 años de la histórica decisión me pregunto: ¿Qué quedó del Estatuto Antiterrorista?
Para comprender el proceso que se surtió por casi dos años en el Congreso es importante entender la situación que atravesaba el país en 2002. Colombia acabada de salir de un fallido proceso de negociación con las Farc que lesionó profundamente la credibilidad en la voluntad política de la guerrilla y que generó un rotundo rechazo a la posibilidad de una salida negociada al conflicto. Con la debacle del Cagúan y con el estado de ánimo por los suelos; los colombianos vieron en un alternativa beligerante la mejor opción para enfrentar a la subversión. En ese sentido, las Farc tienen una gran responsabilidad en el impulso involuntario a un proyecto político de lucha frontal contra el terrorismo y la desconfianza con la posibilidad de una salida negociada al conflicto. Todas esas circunstancias llevaron a un aspirante marginal y desconocido a la presidencia. Al iniciar su gobierno Uribe decretó un Estado de Excepción y es en ese preciso instante donde sintió la necesidad de tramitar reformas constitucionales con el único objetivo de volver más efectiva su principal bandera "la lucha contra el terrorismo". Así se iniciaba en Colombia la era de la Seguridad Democrática.
Al amparo del Estado de Excepción se dieron acciones que fueron seriamente cuestionadas por la Corte Constitucional y fue al establecer esos límites que el gobierno Uribe sintió la necesidad de tramitar un Acto Legislativo para modificar sendos artículos de la Constitución (15, 24, 28 y 250) y así otorgarle una mayor capacidad de acción a la fuerzas militares en las regiones más afectadas por el conflicto y el abandono estatal. El Acto Legislativo fue aprobado en diciembre de 2003 y a grandes rasgos establecía: Carácter de policía judicial a las fuerzas militares, posibilidad de allanamientos, interceptaciones y registros sin previa orden judicial y la obligación de llevar un informe de residencia. Sin mucha pena el Acto Legislativo fue aprobado por un Congreso con incipientes mayorías uribistas; Vargas Lleras fue uno de los principales escuderos de la iniciativa. Sin embargo, aún faltaba la segunda parte de la reforma; me refiero a un desarrollo normativo que la reglamentará con la creación de un Estatuto. De no haberse presentado a los seis meses siguientes a la expedición del Acto Legislativo, es decir, a mediados de 2004, el gobierno tenía la potestad de expedir un decreto reglamentario. Afortunadamente el proyecto sí fue presentado y se iniciaron los debates. La Ley que creaba el Estatuto Antiterrorista también pasó con mucha facilidad en el Congreso. Entonces ¿Por qué se hundió?
Inmediatamente fue expedido la Corte inició la ardua tarea de revisión del Estatuto aprobado. Fue un momento de mucha tensión en el país y de múltiples debates jurídicos entorno a la posible violación a los derechos humanos y cuestionamientos sobre la posición de la Corte. En el proceso de revisión los magistrados encontraron un vicio de procedimiento en el Acto Legislativo, es decir, por la premura de sacar rápido la reforma los congresistas no hicieron el trámite adecuado y en séptimo debate se cometió un vicio no subsanable (posibilidad de ser corregido) que dio al traste con la reforma constitucional dejando sin piso el Estatuto Antiterrorista. Si el Estatuto reglamentaba el Acto Legislativo y este había sido hundido ya no había nada que reglamentar. Esa fue la primera vez que la Corte declaró inexequible en su totalidad una reforma constitucional. Solo un voto en el séptimo debate en Cámara, 83 en vez de 84 en una votación que requería de mayoría absoluta, hundió la piedra angular de la Seguridad Democrática. Sí, es evidente que un voto sí hace la diferencia. La única salida que le quedaba a Uribe era presentar desde cero el proyecto. Uribe decidió no hacerlo pues ya estaba más interesado en la reforma tributaria y su reelección inmediata. En su segundo gobierno tampoco presentó un proyecto similar y poco a poco se fue “olvidando” el objetivo del Estatuto. Sin embargo, se podría afirmar que algunas de sus motivaciones permanecieron intactas y fueron ilegalmente llevadas a la práctica con interceptaciones cuestionables y a un extremo de violación a los derechos humanos con las ejecuciones sumarias denominadas como “falsos positivos”.
Esa es la historia de un Estatuto que nunca llegó a nada, una reforma constitucional que no trascendió y un presidente que buscó otorgarle un altísimo poder a las fuerzas militares. A pesar de ello la Seguridad Democrática no se vio fuertemente afectada pero no tuvo un componente que sus promotores consideraban fundamental en sus inicios. Ahora me pregunto, ¿De haberse aprobado que hubiese cambiado?. No tiene sentido especular sobre ello pero está claro que unas fuerzas militares con tantísimas facultades no ofrece bajo ninguna circunstancia garantías de respeto a los derechos fundamentales.