Con la expedición de la ley de borrón y cuenta nueva, concebida en el proyecto de Ley 062 de 2019 que empezó a regir el pasado 29 de octubre se consolida por fin una lucha que los usuarios del sistema financiero le hemos venido haciendo a las entidades bancarias para lograr conquistar ciertos derechos que por ley merece el consumidor.
Esta disposición normativa trajo consigo beneficios para el usuario financiero: por ejemplo, de salir automáticamente de las centrales de riesgo, ya sea de oficio o por petición del usuario, toda vez que a la entrada en vigencia de dicha norma se cuenten con seis meses desde que se pagó o prescribió la deuda.
Esto es un alivio para los colombianos, en el entendido de que no hay un hogar en Colombia en donde no se hayan sufrido las vicisitudes de estar inscritos en una de estas centrales, a pesar de ya haber pagado, lo que ocasiona un bajo nivel de adquisiciones, toda vez que no se permite comprar con facilidad al estar en esta situación; a su vez este asunto queda zanjado por esta ley.
También trae la novedosa idea de que, si el usuario es capaz de ponerse a paz y salvo por la deuda que lo reportó en la central de riesgo, durante los 12 primeros meses de entrada en vigencia de la ley (es decir a 29 de octubre del 2022) saldrá de las centrales en un tiempo máximo de 6 meses. Este concepto es a todas luces novedoso, ya que la legislación anterior imponía un plazo máximo de 4 años para salir de las centrales de riesgo una vez cancelada la deuda, lo que a todas luces era una vulneración irrestricta a los derechos del consumidor financiero.
Es dable acotar que los estudiantes con créditos educativos Icetex, pequeños productores, jóvenes y mujeres rurales, víctimas del conflicto armado saldrán inmediatamente de las centrales una vez cancelada la deuda. Por lo anterior, se considera un gran avance en la materia y por ende un gran respaldo a la población vulnerable de este país, dándole prevalencia a sus derechos y a sus necesidades.
Otra consideración a tener en cuenta es que a las personas con deudas inferiores al 15 % del salario mínimo (es decir, menos de $136 279 pesos), recibirán como mínimo dos comunicaciones antes de ser reportadas en cualquier central de riesgo, lo que constituye un gran avance, puesto que la notificación al usuario financiero, en estas circunstancias, se hará de forma que respete sus garantías y su derecho a la debida notificación.
Sin embargo, y en contraposición a lo esbozado con anterioridad, esta normativa no te exime de pagar la obligación que se tenga con la entidad bancaria, sino que ayuda al consumidor financiero a salir más rápido de las centrales de riesgo, es decir, en un plazo de 6 meses. Además, ha de tenerse en cuenta que no se eliminarán todos los reportes negativos, sino solo aquellos correspondientes a la deuda cancelada por el deudor, por consiguiente, los demás reportes sobre obligaciones pendientes seguirán vigentes.
Ahora bien esta ley sin duda constituye una inmensa progresividad en comparación al ordenamiento normativo prescrito, y a su vez, otorga al usuario financiero unas prerrogativas que ayudan en todo lo concerniente al poder adquisitivo, pues con el recorte de los tiempos en las centrales de riesgo el usuario una vez pague podrá seguir su vida crediticia en un tiempo inferior, lo que genera un mayor flujo económico.
Por consiguiente, se ha de considerar la iniciativa del senador David Barguil como una refrenda de las luchas que desde siempre se han ejercido contra el sistema bancario, que por primera vez cede unas prerrogativas que en realidad van acorde con los derechos de las personas.
Sin embargo, y para terror de los grandes banqueros, estas disputas no se acaban y todavía hay más cosas por mejorar, pero como toda revolución, se debe escalar palmo a palmo y paso a paso, o como dirían las mamás: “suavecito y con buena letra”.