Señor presidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Álvaro Fernando García, pescar al pequeño ladrón y dejar que el pez gordo escape a la acción de la justicia cruzando la frontera y sin controles efectivos por parte de las autoridades responsables por la seguridad pública —a pesar de que el propio gobierno estadounidense ha reconocido que se trata de un peligroso terrorista (individuo de alta peligrosidad con notificación roja)— tiene un efecto devastador en la confianza que los ciudadanos depositan en la actuación judicial y la eficacia de las investigaciones, en el sistema de justicia y en la absoluta tercería e imparcialidad de la judicatura, arrojan dudas sobre su integridad judicial y la dignidad de sus funciones, e influye en la valoración que el público haga del oficio de ustedes y en el respeto que ha de despertar y —lo que quizá sea aún más grave— pone en peligro el firme apoyo que el aparato de justicia y la justicia penal de los tribunales necesitará de los ciudadanos para tener éxito, con objeto de lograr una administración de la justicia más eficaz y adecuada.
Señor presidente, la fuga espectacular de Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido como Jesús Santrich, es un verdadero insulto a la inteligencia de nuestro heroico pueblo y a la justicia, en particular al honor, la dignidad y la memoria de las víctimas, que no solo perpetúa el ciclo de impunidad de la que goza el congresista, sino también amenaza con socavar la credibilidad de la propia Corte Suprema de Justicia como institución de justicia justa, efectiva, independiente, imparcial y sin injerencias políticas. Esta situación propicia una sensación de inseguridad, indefensión y desconfianza de los ciudadanos y de las víctimas hacia la administración de justicia y hacia el sistema jurídico en lo que respecta a la prevención, la investigación y la sanción de los crímenes.
Al impedir que los responsables de violaciones de las normas del derecho internacional rindan cuenta de sus actos ante la justicia sin exigir suficientes garantías y que se tomen las medidas que correspondan para evitar dicha evasión, la Corte Suprema pone en riesgo los principios de justicia, integridad y neutralidad, lo que pone en duda la imparcialidad del proceso penal en su conjunto y que estos crímenes vuelvan a repetirse. La imposibilidad de que los responsables de violaciones de las normas del derecho internacional rindan cuenta de sus actos ante la justicia, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y condena por violaciones de los derechos humanos, en vez de contribuir el triunfo de la paz y a la construcción de la justicia y armonía en la comunidad hace que se debilite la confianza pública en la democracia y sus instituciones, así como una persistente desconfianza de éstas en el sistema de administración de justicia". Se trata de otro elemento que menoscaba los esfuerzos por lograr una paz duradera y la confianza en el proceso político nacional.
En particular, señor presidente de la Corte Suprema, debe ser usted más prudente en la utilización de los medios de comunicación. Con esto quiero decir que usted es consciente de la responsabilidad que tiene al hablar o escribir en los medios sobre cuestiones que están relacionadas con el ejercicio de sus competencias judiciales y penales, teniendo en cuenta la especificidad de las normativas y de las situaciones a fin de no confundir al público sobre el carácter de sus saberes profesionales. En ese sentido, el magistrado debe ser muy cuidadoso respecto a sus actitudes o expresiones públicas a fin de que no puedan ser interpretadas como tendientes a congraciarse o simpatizar con alguna expresión política determinada.
Por eso, nos gustaría que se fuese consciente de eso y lamento decirle que hay una serie de apartados con los que estamos básicamente en desacuerdo. Sus numerosos intentos de desviar la atención del problema principal y de su responsabilidad primaria, planteando cuestiones secundarias han tenido escaso éxito. El magistrado debe comportarse en público con la sensibilidad y autocontrol que exige el desempeño de las funciones jurisdiccionales, actuar con discreción y evitar interpretaciones extraoficiales u opiniones controvertidas que arrojen dudas sobre su imparcialidad e integridad judicial, así como de toda conducta que pueda verse como abusiva, ofensiva, amenazante, excesivamente familiar o inapropiada por otros motivos, especialmente debido a que los jueces no expresan opiniones ni emiten dictámenes sobre temas jurídicos que no estén sometidos propiamente al conocimiento de un tribunal. Apenas es posible creer lo que se lee a continuación, cuando el presidente de la Corte Suprema afirma que “el país tiene que aprender que una sola persona que se comporte de una manera inadecuada o que no le guste a los demás, no puede dañar el país, me gustaría señalar que se trata en el mejor de los casos de una negligencia imperdonable y en el peor de una actitud deliberadamente engañosa.
Presidente, tendrá que aceptar que usted tiene la obligación específica de ser muy cauteloso con lo que dice acerca de las causas sometidas a su conocimiento o al de otros jueces para evitar interpretaciones erróneas e incomprensiones y lo que usted declaró en la entrevista concedida cuando afirmó que “Lo que pasa es que, de pronto, sí hubo un abuso de parte de él haciéndole creer a la Corte que vendría (…) se traicionó esa confianza que se le dio”. Pues bien, se trata de argumentaciones que carecen de todo fundamento. Asimismo, cuando afirma que “Nos duele que después de haber dicho tantas veces que iba a comparecer, no esté presente en una diligencia que además era importante para él, si tenemos en cuenta que la diligencia es un medio de defensa del mismo sindicado”, se trata de comentarios que ya no han lugar, "extraoficiales" que, como se ha puesto de manifiesto, son totalmente inapropiados para su contexto, así pues, perdió una gran oportunidad de estar en silencio. Es una decisión desafortunada y gravemente inoportuna.
Un juez solo debe hablar en el fundamento de sus sentencias al sustanciar las causas que le correspondan. Sigue siendo una norma de prudencia que un juez no deba entrar en polémicas inútiles o comentarios inadecuados sobre decisiones, especialmente si la controversia puede verse como un intento de añadir nuevas razones a las dadas en el dictamen del juez que se haya publicado. El silencio de juez es “un principio sagrado, un valor fundamental para garantizar la transparencia y la credibilidad de la administración de justicia”. Por lo tanto, es preciso tener cuidado al hacerlo. Es en general inadecuado que un juez o magistrado defienda públicamente sus decisiones judiciales o tomar parte de modo inapropiado en polémicas públicas; “el juez debe hacer gala del distanciamiento, falta de predisposición, ausencia de prejuicios, imparcialidad, apertura mental y del enfoque equilibrado que constituye el signo distintivo de un juez”.
Por otra parte, se debería recordar que “sus comentarios públicos pueden ser tomados como reflejo de las opiniones de la judicatura; a veces resulta difícil para un juez expresar una opinión que se tenga públicamente como un punto de vista personal y no como de la judicatura en general”. Tal como afirma Sir Gerald Brennan, presidente del Tribunal Supremo de Australia, los magistrados tienen el privilegio de cumplir las responsabilidades del cargo y están obligados a dejarlo inmaculado cuando llegue el momento de abandonarlo. En conclusión, es de todo buen hombre aceptar los propios errores, aprender de ellos y proponerse cambios adecuados en el comportamiento. La Corte no puede perder una oportunidad histórica de enviar un mensaje positivo a la población, una señal para volver a consolidar la confianza en las actividades de la administración de justicia nacional y mejorar su percepción entre los ciudadanos. No hacerlo, es continuar afectando de forma negativa la percepción ciudadana sobre una justicia como si estuviese totalmente cooptado por diversas razones y al servicio de un objetivo político específico, lo que pone en tela de juicio su independencia y credibilidad. Dicho esto, confiamos en la sabiduría, la honestidad y la integridad moral de la Corte para que tome la decisión correcta a fin de asegurar la transparencia de la actuación y de los procedimientos conformes al espíritu, los propósitos y los principios de la Constitución. Amén.
Nota. En el caso del exministro Arias el fallo condenatorio y la pena deben ser revisados íntegramente por un tribunal superior, no limitándose dicha revisión a los aspectos formales y legales de la sentencia. No permitir revisar los hechos, la culpabilidad, la tipificación y la pena ante juez o tribunal superior es inaceptable. El nuevo gobierno debe hacer gala de una auténtica buena voluntad; centrarse en cumplir los objetivos trazados en el programa de campaña relativas a la mejora de la legalidad y la equidad, y compartir el compromiso común de respetar los derechos humanos y el principio de legalidad, adaptando su legislación nacional en consecuencia. El gobierno tiene la obligación de proporcionar al autor un recurso efectivo, con inclusión del examen de su recurso de apelación por el Tribunal de Apelación y de una reparación (restitución, indemnización, rehabilitación y medidas de satisfacción). La reparación a favor de Arias debe incluir la provisión de los medios que permitan una rehabilitación lo más completa posible. De ser así, el Estado debe proporcionar a la víctima o a sus familiares, según proceda, tratamiento médico o psicológico, o fondos para sufragar los costos de esos tratamientos.