¿Acaso la Corte Constitucional no piensa en los niños?

¿Acaso la Corte Constitucional no piensa en los niños?

Si la Constitución señala que los derechos de los niños están por encima de los demás, ¿qué pasó a la hora de fallar sobre el consumo de alcohol y drogas en parques?

Por: David Fernández
junio 10, 2019
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¿Acaso la Corte Constitucional no piensa en los niños?
Foto: Facebook - Corte Constitucional de Colombia

De los mismos creadores de "la dosis mínima", ahora llega en alta definición en los parques más cercanos a usted, y con niños como actores de reparto, la película más esperada de jíbaros y consumidores: "Droguémonos y emborrachémonos, que la vida es una sola”.

No nos asombremos si mañana estos laxos productores nos salen con el cuento de que otro ejercicio válido para el desarrollo de la personalidad, sería ver películas pornográficas en pantalla gigante en parques y playas los días domingos mientras la familias disfrutan un rico cono de vainilla.

En esos términos el ciudadano del común percibe el reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional, pero en el mundo del derecho los fallos constitucionales tienen unos vericuetos interesantes que es necesario desgranar como una mazorca.

En el caso que nos ocupa, la Corte ha optado en buena hora por darle más importancia a la libertad que a la restricción, al poder de elección que a la imposición. Sin embargo, la Corte desconoció el alcance del artículo 16.

Leamos: “Todas las personas tienen el derecho al libre desarrollo de la personalidad sin mas limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico”. La primera parte del artículo se refiere al  “libre albedrío”, concepto este que fue desarrollado primero por los estudiosos del “alma”, el cual nos puede llevar a una vida plena y feliz o caer en los caminos de la miseria. Pero la segunda parte del artículo en cuestión es muy claro: “......sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico ”. Traducción: usted puede meterse toda la marihuana que quiera, consumir todo el licor que desee, tatuarse, ponerse piercings y, aún así, proclamarse un hombre feliz y nudista. Está en todo su derecho. Nadie se lo impide. Pero la Corte olvidó proteger igualmente a los que no piensan como ellos e ignoró olímpicamente lo que ha dicho la Organización Mundial de la Salud con respecto a los parques, en el sentido de que son espacios para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. No para crear condiciones que destruyan al ser humano. Mas un niño en un parque viendo a un adulto fumando marihuana podría caer en lo que el sabio Rashi afirmó: “el corazón y el ojo son los espías del cuerpo y actúan como intermediarios para que éste cometa las transgresiones”. Otro pensador como Tzadok Hacohen en la misma línea dijo que “el ojo ve, el corazón desea y el cuerpo físico completa la tarea”.

Además, la propia Constitución expresa que los derechos de los niños están por encima de los demás. Este sí que es un derecho absoluto con una jerarquía especial. Pero se volvió un saludo a la bandera. A los padres les toca ahora divertirse con sus hijos en el patio de su casa, en el dormitorio de su hogar, en un lugar apartado del campo, en el garaje, en la casa de los abuelos, debajo de la cama, montado en un árbol, en las catacumbas o metidos en una buhardilla, y todo en susurros, pues las paredes tienen oídos, y no se sabe si cualquier comentario puede ser interpretado como una afrenta para los que, con un respetable cigarrillo de marihuana en la boca, elevan y desarrollan su personalidad al amparo de leyes progresistas.

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