Una tutela presentada por Ernesto Camilo Brugués López obliga al Ministerio de Salud y la Nueva EPS a aplicarle en término de 48 horas la segunda dosis de su vacuna contra el covid. Así mismo, exige que la dosis de la farmacéutica Pfizer sea puesta en el término exigido por la misma empresa de 21 días, y no de 90 como ha planteado el Gobierno.
Según el juzgado, los estudios realizados por Pfizer y Biontech, fabricantes de la vacuna, no muestran "fundamento científico alguno" para la aplicación de una segunda dosis en intervalos diferentes a los 21 días presentados en Estados Unidos. Esto implicaría que los intervalos planteados en el Plan Nacional de Vacunación serían insuficientes para demostrar la eficacia de la vacuna en estos períodos.
La dilación de estos datos, según la tutela fechada el 6 de julio, sería una violación a los derechos fundamentales a la vida, la salud y hasta al trabajo: según el juzgado, la vacunación en los términos autorizados por las farmacéuticas permite "tener nueva y prontamente una vida medianamente normal, es decir, el reintegro a la vida productiva que le permita una adecuada subsistencia" al tutelante y su familia.