Cuando el exsecretario del Senado, Gregorio Eljach, fue elegido Procurador General de la Nación para reemplazar a Margarita Cabello a partir del próximo 15 de enero de 2025, Alcaldes, Gobernadores, Concejales y en general, funcionarios elegidos por voto popular, respiraron más tranquilos.
Gregorio Eljach, a diferencia de su antecesora y después de haber sido ternado para el cargo por el presidente Gustavo Petro, al parecer, estaba más dispuesto a cumplir el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el sentido de que la Procuraduría no podía sancionar a funcionarios de elección popular.
Sin embargo, la Sala Plena del Consejo de Estado acaba de decir la última palabra en este debate que se inició cuando Petro era alcalde de Bogotá, el procurador Alejandro Ordóñez lo destituyó y el hoy Presidente, acudió a la Corte Interamericana a solicitar medidas cautelares que le permitieran regresar al cargo y así se conoció el caso Petro vs Estado colombiano.
En su sentencia, la Corte Interamericana dijo que la Procuraduría no cumplía funciones judiciales, se armó un gran debate en el país y en algunos sectores políticos empezaron a contemplar la posibilidad hasta de acabar o limitar las funciones disciplinarias sobre aquellos que resultaron ganadores en las urnas.
Para ajustar la legislación colombiana a lo dicho por la Corte Interamericana, en 2021 se aprobó la Ley 2094 que fue condicionada y declarada exequible por la Corte Constitucional
En este mismo sentido, el Consejo de Estado ratificó que la Procuraduría sí puede destituir e inhabilitar a funcionarios elegidos por voto popular con la condición de que la decisión sea revisada por el Consejo de Estado.
En consecuencia, cuando la Procuraduría General de la Nación imponga una sanción de destitución o inhabilidad, deberá enviar el respectivo expediente al Consejo de Estado y una de las salas especiales, revisará la decisión.
Mientras concluye la revisión, la sanción impuesta al funcionario de elección popular, que puede ser o no ratificada por el Consejo, quedará suspendida. Ese proceso tiene un límite legal que no puede ser superior a los seis meses.
Así las cosas, al elegido procurador general Gregorio Eljach le tocará aplicar estas nuevas reglas de juego que los magistrados del Consejo de Estado consideran adecuadas y temporales porque unifican la jurisprudencia existente, mientras el Congreso cumple el deber de regular lo relacionado con la reserva judicial de estas acciones.
Después de la decisión mayoritaria del Consejo de Estado que siguió los pasos de la Corte Constitucional en el sentido de que la Procuraduría sí puede destituir a funcionarios de elección popular, es claro que, en este pugilato, la ganadora fue la saliente procuradora Margarita Cabello, quien, como era de esperarse, celebró la decisión y los alcaldes y gobernadores investigados y el mismo presidente Petro, posiblemente respiren menos tranquilos porque la decisión final, en cualquier caso, ya no será del procurador Gregorio Eljach, sino del Consejo de Estado.