Para nadie es un secreto que los motociclos se han convertido en un problema grave de ruido en ciudades como Bogotá, en flagrante violación del artículo 31 del Código de Policía (derecho a la tranquilidad).
Su proliferación comenzó desde su negligente “regularización”, sin las debidas restricciones de emisión de ruido, mediante la Resolución 160 de 2017, firmada por el entonces ministro Jorge Rojas, con el aval de la de entonces directora de Tránsito y Transporte, Ayda Lucy Ospina, hoy Superintendente de Transporte.
Con ese antecedente, y precisamente por el alto cargo que ella hoy ocupa, quise saber en entrevista, solicitada en su oficina de prensa, qué medidas o acciones se podrían adoptar para mitigar ese grave problema.
Algunas de las preguntas remitidas incluyen qué medidas podría adoptar la Supertransporte para solucionar o al menos mitigar el grave problema de exceso de ruido de los motociclos o por qué, cuando se aprobó la Resolución 160, no se contempló algún tipo de restricción para que no pudieran circular motociclos tan ruidosos.
No obstante, la entidad se deslindó del tema, alegando que las preguntas “son más del resorte del Ministerio de Transporte”, deslinde que muestra lo difícil que es a veces hacer rendir cuentas a funcionarios públicos por pasadas acciones.
Una respuesta más juiciosa habría sido explicar qué motivó en su momento a la hoy Supertransporte Ospina a avalar esa resolución, con el fin de contribuir desde su actual cargo a mitigar el problema.
Queda por ver qué responderá el Ministerio de Transporte a estos mismos cuestionamientos, pero este artículo muestra los laberintos burocráticos que a veces toca transitar para hacer rendir cuentas a funcionarios por pasadas acciones que terminan afectando a la ciudadanía en su conjunto.
Cabe recordar que en la Constitución está claramente consagrado que el interés general, la ciudadanía, debe prevalecer sobre el interés particular, es decir, los dueños o tenedores de los ruidosos motociclos, norma fundamental del derecho que se está violando.