La Superintendencia de Industria y Comercio de Cielo Rusinque negó el registro de Lily Fucsia. Los argumentos de los abogados de Lili Pink resultaron contundentes para los funcionarios de la Superindustria.
La disputa legal
Todo comenzó cuando Liliana Patricia Villa quiso registrar el nombre Lily Fucsia. La nueva marca quería entrar a los negocios correspondientes a prendas de vestir o publicidad; no obstante, la tradicional marca de ropa interior femenina, Lili Pink, controlado en Colombia por Fast Moda, se oponía al registro.
Para los abogados de Lily Fucsia el logo tiene una tipografía especial de color fucsia, lo que la hace diferente de Lili Pink, las diferencias no paran en ese punto, para los defensores de Lily Fucsia, el logo Lili Pink se escribe de color blanco dentro de un cuadro fucsia. Siendo fácil, según Lili Fucsia, diferenciar la marca en el mercado. La respuesta de Lili Pink fue que el diminutivo Lili no se limita a una región específica, por tanto, debe protegerse el diminutivo. Con los argumentos de ambas partes la Super sacó su veredicto.
La decisión de la Super
La SIC en primera instancia determinó que no es tan relevante los prefijos: lily o lili. La cuestión de fondo para la organización pública son los elementos gráficos de los logos. Con los argumentos expuestos la Super terminó negando el registro de Lily Fucsia. No ha sido el primer pleito de Lili Pink.
Lili Pink ha perdido dos tutelas, una ante la DIAN y la otra contra un extrabajadora; sin embargo, los abogados de Lili Brands y Fast Moda, en Colombia, cuyo representante legal es Lorena Bernal Castro, a la hora de negar registros ante la Super Intendencia de Industria han tenido victorias.
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