La reforma pensional es, tal vez, la propuesta con mayor impacto social de las contenidas en el programa de Gobierno de Gustavo Petro y por el que votaron los colombianos en 2022. La reforma pensional, que debe ir de la mano con la reforma laboral, será el legado más importante de Petro para Colombia, transformando completamente las relaciones sociales de la sociedad colombiana, para hacerla menos desigual y más justa, y abriendo la puerta a una era de paz en Colombia.
Desde un enfoque de economía política, el derecho a la pensión es la cláusula más importante del contrato social: todos los miembros de la sociedad nos comprometemos a trabajar toda la vida adulta para poder tener una vejez digna. Si el trabajo es lo que produce valor, como decían Marx y Smith, la garantía del derecho a la pensión se convierte en el requisito más importante para una sociedad próspera y justa.
En Colombia, el análisis de economía política de la expedición de la Ley 100 de 1993 señala que la intención de los reformadores de establecer el monopolio privado en pensiones fue obstaculizada por la Constitución de 1991, que por medio de los artículos 48 y 49 impidió la privatización completa y dio paso a un modelo dual. Los reformadores colombianos, liderados por César Gaviria, su ministro de Hacienda, Rudolf Hommes, y las tecnocracias del Ministerio de Hacienda y Planeación Nacional se apropiaron del discurso que enunciaba las bondades de la privatización del sistema pensional agenciada por los organismos de crédito internacional, propia del sistema de creencias propuesto por el neoliberalismo (Arévalo & Rodríguez, 2021).
En los trabajos de destacados impulsores de ese pensamiento como Ludwig Von Mises, Friedrich Hayek y Milton Friedman se cuestionaba el sistema de prima media y se abogaba por la administración privada del sistema pensional. Tal tendencia se reforzó con los informes de las visitas a Santiago de Chile, dirigidas por funcionarios como Ulpiano Ayala, en los que se destacaban las virtudes del sistema pensional chileno instaurado durante la dictadura militar de Pinochet. Las visitas de economistas como Hayek y Friedman a Santiago de Chile dieron el aval a las políticas económicas tomadas por la dictadura y en particular a la privatización de la seguridad social, lo que respaldaba y legitimaba teóricamente la tecnocracia criolla.
La principal reforma es la privatización de la seguridad social a través de regímenes pensionales basados en la capitalización individual y los seguros privados de salud. Ahora, después de 30 años de funcionamiento de la Ley 100, ya se cuenta con evidencia empírica para corroborar que el sistema no contribuyó al crecimiento económico, no fue significativo su efecto sobre el ahorro nacional y no impactó la extensión de la relación salarial ni la cobertura, tanto de afiliación como de protección.
La herencia de la tecnocracia colombiana es un país con un desempleo de 2 dígitos y donde 1 de cada 2 empleados son informales, es decir, que más de la mitad de los colombianos hoy no tiene un trabajo digno que le permita acceder a la seguridad social. La pensión es un privilegio en este país: 3 de cada 4 adultos mayores no tienen acceso a una pensión. La realidad es que este sistema y, en general, el modelo económico propuesto por la tecnocracia ha fracasado en el ámbito laboral y pensional.
Hoy en día, los postulados de la privatización siguen vivos y encuentran su justificación en los estudios realizados por centros de investigaciones como Fedesarrollo, los pronunciamientos de Asofondos, gremio defensor de los fondos de pensiones y ANIF que representa los intereses del Grupo Aval y del Grupo Empresarial Antioqueño, propietarios de Porvenir y Protección, dos fondos entre los que se concentra el 80% del ahorro pensional, así como en las publicaciones de sus medios de comunicación. Sin embargo, el mismo Presidente de Asofondos, Santiago Montenegro, a pesar de oponerse en puntos importantes de la reforma, coincide en que es necesario acabar con el modelo en que el régimen privado y el público compiten, por uno en que se complementen tal como lo propone la reforma pensional del Gobierno Nacional.
Otro punto fundamental en el que coinciden los gremios es que esta reforma resuelve 3 de los problemas más graves del sistema actual: la estructura ineficiente donde compiten dos regímenes, los subsidios regresivos a las altas pensiones del sistema público y la incapacidad para aumentar la cobertura del sistema. Ése es el punto de partida para entrar a la discusión de la actual reforma. La reforma, además de ser necesaria y oportuna, parte del principio de la universalidad aumentando considerablemente la cobertura, elimina los subsidios a las altas pensiones y propone la reforma estructural de un sistema obsoleto en todo el mundo, por un sistema de pilares en línea con los sistemas más modernos y eficientes del mundo.
El punto que marcó el surgimiento de este tipo de sistema universalista fue el informe Beveridge de 1942, titulado “Social Insurance and Allied Services”. Dicho plan introdujo el sistema previsional, basado en la “flat rate” que garantiza a todos los ciudadanos un monto uniforme de beneficios prestacionales, asegurando la universalidad de la cobertura. Este sistema denominado universalista o beveridgeano, en el cual el derecho se origina en la ciudadanía y es el fundamento del Estado de Bienestar que transformó la sociedad global en el siglo XX (Giraldo, 2007).
Del otro lado, se tiene el sistema neoasistencialista, que se viene implementando en las dos últimas décadas en América Latina y la versión ulterior de los seguros sociales de Bismarck de finales del siglo XIX en Alemania, en el cual el acceso al derecho social está condicionado por la obligación de cotizar a un sistema de seguridad social, cotización que surge fundamentalmente de la relación salarial. Así, el derecho social nace ligado a la relación laboral. Esto es precisamente lo que se quiere acabar con el modelo propuesto en la reforma aprobada por el Congreso.
Esta reforma propone establecer un nuevo sistema de protección a la vejez que consiste en un pilar solidario que saca de la pobreza extrema a más de 3 millones de colombianos, un pilar semicontributivo que garantiza una mesada para quienes no alcanzan a cumplir los requisitos del sistema contributivo, que se divide en dos componentes, el de prima media que es para todos los trabajadores que devengan más de 1 salario mínimo hasta 2,3 salarios y los trabajadores que superen este umbral irán a un componente de ahorro individual. Así se garantiza la cobertura universal de la población colombiana.
Aunque existen oportunidades de mejora como el aumento del umbral y la eliminación de la obligatoriedad del componente de ahorro individual, que marchiten definitivamente el sistema de intermediación financiera en la garantía del derecho, sin duda, esta reforma representa un avance significativo en el camino hacia el cumplimiento de la garantía del derecho y es el camino que deben seguir los otros derechos sociales fundamentales del Estado de bienestar, además de la pensión: la salud, el trabajo y la educación. Sólo así será posible lograr el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1° de la Constitución Política de Colombia: un Estado social de derecho. Sólo así será posible una sociedad en paz y con justicia social.