Cuáles son las utilidades de las acciones constitucionales

Cuáles son las utilidades de las acciones constitucionales

Muchas de las posibilidades consagradas en la Carta Fundamental del 91 siguen sin estrenarse, la primera y más importante, la exclusiva soberanía popular

Por: Armando Palau Aldana
mayo 16, 2024
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Cuáles son las utilidades de las acciones constitucionales

He reiterado hasta la saciedad que muchas de las posibilidades consagradas en la Carta Fundamental del 91 siguen sin estrenarse, la primera y más importante, la exclusiva soberanía popular mediante la cual se materializaría la participación democrática, que aún permanece estrangulada por la democracia representativa.

Esta soberanía en cabeza del pueblo se puede ejercer a través de las acciones constitucionales como la tutela, cumplimiento, popular, constitucionalidad y penal, como instrumentos para hacer control social sobre la gestión estatal.

La característica de estas acciones es que son públicas y no se requiere ser abogado para poderlas interponer, aunque se necesite tener un mínimo conocimiento del ordenamiento jurídico, el cual se puede obtener con la juiciosa y analítica lectura de la Constitución como ley de leyes.

La tutela por ejemplo, como acción de amparo constitucional para la protección de los derechos fundamentales, solo vino a incorporarse en la Carta Fundamental del 91, no obstante que la Declaración de las Naciones Unidas la plasmo desde 1948.

No pretendo reducir estas disertaciones al culto a la ley, pues es notorio que invade en cantidades desproporcionadas nuestro ordenamiento jurídico, con muchas piezas legales bastante escleróticas, sumado al paralítico sistema judicial en profunda crisis institucional.

Es decir, sin que estas acciones judiciales sean la panacea, son herramientas que nos permiten ejercer de alguna manera el control social como expresión de la soberanía popular, pero es indispensable que la ciudadanía acuda a los estrados judiciales para superar la ignorancia jurídica.

Otras de las responsables de esta crisis institucional del ordenamiento jurídico, como ya lo he advertido, es la promulgación industrial de leyes por parte de un Congreso en la que los hombres y mujeres del Pacto Histórico juegan un rol importante, de la mano del gobierno nacional que tiene iniciativa legal, pero en vez de suprimir leyes incorpora más, entrabando a la ciudadanía el acceso a la administración de justicia, con ingente cantidad de normas que además se caracterizan por ser largas y tediosas, un yerro que debe corregirse pronto.

Aunque no sirve de excusa, es precisamente la ignorancia de la ley la que permite que la corrupción siga incrustada en el aparato estatal y se ejerza desde las distintas esferas del gobierno y demás entes estatales, ese mal que carcome nuestra nacionalidad y que Simón Bolívar enfrentó con la imposición de la pena de muerte mediante decreto que cumplió doscientos años de promulgado, advirtiendo que una de las principales causas de los desastres de la República, ha sido la escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios.

Cuando el ejercicio de las acciones constitucionales se vuelva una costumbre inveterada y reclame su condición a los servidores públicos que se creen pequeños reyezuelos: congresistas que no responden los llamados que las comunidades les formulan y que argumentan intensa labor legislativa para disimular la soberbia del transitorio poder, ministros y viceministros que destilan arrogancia, o magistrados que no ocultan su altanería, entraremos al cambio y nuestra lucha será la de muchos y no la de unos pocos, contra la corrupción.

En el desarrollo de este deber ciudadano, esta semana interpondré acción de cumplimiento contra el Director de la Autoridad de Licencias Ambientales para que inicie proceso sancionatorio contra los oficiales que dirigen la Armada Nacional, ante los reiterados incumplimientos de las obligaciones impuestos en las resoluciones y autos relacionados con el permiso para construir las obras militares (hangares, muelle y radar) de la proyectada Estación Guardacostas en Gorgona. Como siempre estaremos acuciosos en esta tarea.

La dificultad que entraña esta interminable lucha, elogiada por Estanislao Zuleta, nos recuerda el tango “Tormenta” escrito y musicalizado por Enrique Santos Discépolo (1939): “Si la vida es el infierno / y el honrao vive entre lágrimas, / ¿cuál es el bien... / del que lucha en nombre tuyo, / limpio, puro?... ¿para qué?... / Si hoy la infamia da el sendero / y el amor mata en tu nombre, / ¡Dios!, lo que has besao... / El seguirte es dar ventaja / y el amarte sucumbir al mal”.

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