Hace unos años, los legisladores consideraron que el miedo a la cárcel era suficiente para prevenir la violencia de género; estaban muy equivocados; este tipo de violencia no ha mejorado y sigue siendo muy alto el porcentaje de mujeres cuyo compañero sentimental las golpea, rebaja o menosprecia.
El hecho de que la violencia de genero mantenga esas cifras tan altas, muestra desconocimiento de las causas primarias por parte de los legisladores, jueces y fiscales, quienes tienen la obligación de minimizarlas; contrario a esto, siguen imponiendo a los hombres penas de prisión mayores de 15 años; similares a las de los homicidas; esto es un esperpento jurídico propio del populismo punitivo que se está viviendo.
La sociedad no puede desentenderse del síndrome de violencia intrafamiliar agudo que existe en los hogares colombianos y que propicia la violencia de género; es decir que están ligados estrechamente y donde los agresores son fundamentalmente, el padre, con el 33% de las denuncias y la madre, con el 31%. Las poblaciones vulneradas son mujeres, niños y ancianos.
Es un error creer que la causa de la violencia de género es la aversión de un hombre hacia el género femenino. La violencia de género es producto de un comportamiento histórico, donde se establecieron los estereotipos propios de cada género y el grupo social se convirtió en el escenario para reproducir y legitimar el sometimiento de la mujer.
Las reglas que aún forman parte de la cultura en Colombia, con mayor énfasis en Antioquia, la región Caribe y Santander han establecido que el marido tiene el derecho de obligar a “su mujer” a vivir con él y a seguirlo a donde fuera necesario; que el “marido” debe “protección” a la mujer y la mujer debe obediencia al “marido”.
Dice el Nuevo Testamento en Efesios 5:22-33 “Esposas, sométanse a sus esposos, como al Señor; porque el esposo es cabeza de su esposa, así como Cristo es cabeza de la iglesia, la cual es su cuerpo, y él su Salvador. Así como la iglesia se somete a Cristo, también las esposas deben someterse a sus esposos en todo”.
La Corte Constitucional (C-539, 2016[1]) se pronunció sobre la violencia de género explicando que ésta es el “producto de prejuicios y estereotipos de género, asociados al lugar que la mujer ha tenido en la sociedad a través del tiempo”; sin embargo, no profundizó en su origen y supuso que esta cultura es la causa de los feminicidios; explica la Corte Constitucional, “los estereotipos acerca del papel y la situación de la mujer, debido a su carácter subordinante y a sus connotaciones excluyentes, han tenido históricamente un fuerte efecto discriminatorio, del cual se han seguido, a su vez, las prácticas de violencia contra la mujer”; la corte interpretó que la causa de los feminicidios tenía como mayor componente el hecho de ser mujer y dejó en un segundo plano el conflicto intrafamiliar.
Aquí es donde ingresan los oportunistas, haciendo uso del “populismo punitivo”; la cual, es una estrategia desplegada por actores políticos y funcionarios del sistema penal, encaminada a mostrar soluciones donde no existen; se condena ejemplarmente al violento y se ignora la violencia intrafamiliar que le da origen. Esto también se conoce como justicia populista.
La eficacia de las penas exageradas, adoptadas por la justicia para resolver la problemática que encierra la violencia de género ha sido bastante cuestionada y, tristemente, se observa como estas actividades judiciales - al menos en Colombia - están precedidas por un gran despliegue mediático, donde los abogados utilizan medios prepago; para ganarse la opinión pública y mostrarse defensores de la mujer es su “natural estado de indefensión” como se autoproclaman.
De la misma forma que es repugnante que la mujer sea agredida por el hombre, igual de repugnante es que un abogado use medios prepago para promover en la opinión penas medievales, sin sentido. En la violencia de género los jueces deben actuar y aplicar la justicia restaurativa moderna en función del desarrollo social.
Las penas descomunales son solicitudes propias del “populismo punitivo”, donde convergen estrategias de abogados o intereses de políticos que se aprovechan del repudio social mayoritario que genera la violencia contra las mujeres para posicionarse, utilizando al derecho penal con fines propagandísticos.
En la violencia de género, como tipo penal autónomo; así aparece en la legislación; se pueden aplicar penas similares a las de los homicidas por el hecho de ser acusado por agredir con violencia a una mujer; el repudio social ante estos hechos se convierte en una bandera fácil de usar para manipular la opinión pública; esa no debe ser la forma; para mejorar la sociedad hay que combatir el origen, no se trata de castigar “chivos expiatorios” con prestigio, para que el boom mediatico del resultado esperado, y ocultar la realidad de la violencia intrafamiliar, que en Colombia es un fenómeno social arraigado y por la problemática que engendra, debe tratarse.
En un estudio sobre violencia intrafamiliar se encontró que el 50% de las personas la justificaban siempre y cuando la otra persona "se lo mereciese"; argumentan, los encuestados de ese mismo estudio, que la violencia de género no se debe admitir; sin embargo, el 70% de los mismos indica que normalmente la persona maltratada sería la culpable por permanecer junto a quien la maltrata o, si no viven juntos, por buscar al hombre a sabiendas de que la va a golpear; el 81% considera que la familia debe permanecer unida a cualquier costo, así esto implique soportar cualquier tipo de agresiones; el 55% afirma que las personas que agreden a sus familiares es porque son violentas por naturaleza, aceptando la violencia como algo normal; el 18% piensa que en algunas ocasiones se debe acudir al castigo físico con los niños o con la mujer para solucionar conflictos; el 90% está de acuerdo con que "la ropa sucia se lava en casa"; el 86% está de acuerdo con que los padres castiguen con golpes a los hijos cuando lo consideren necesario y el 31% señala que el hombre debe demostrar, cuando sea necesario, que es él quien manda en la casa.
En el año 2022 se registraron 47.771 casos de mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, cifra que en comparación con el año 2021, presentó un aumento de 7.713 casos.
Conclusión: mientras un sector de la sociedad se preocupa por la violencia de género y aplaude castigos con penas similares a las de los homicidas, llama la atención que en los estudios recientes sobre violencia intrafamiliar se continúa estudiando la problemática del número considerable de familias que no son capaces de crear o mantener un ambiente seguro, debido a la violencia familiar; la cual, incluye agresiones físicas, sexuales o psicológicas y donde los empujones, bofetadas, patadas, el uso de armas o las agresiones sexuales están presentes.
[i] https://www.
[iii] Medicina Legal, Boletín estadístico mensual-Centro de referencia Nacional sobre violencia, Diciembre, 2021-2023