En una acción de tutela presentada ante la Corte Suprema de Justicia Turbay alegó que la decisión tomada por su sucesora Sandra Morelli de censurar su fotografía y su nombre, fueron vulnerados sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre.
Turbay, sin embargo, no reclamaba solo un sitio en la galería expuesta en el piso catorce del edificio de la Contraloría General de la República, sino que aspiraba a que la Corte abriera una nueva instancia para revisar la sentencia que lo condeno hace veinte años por el delito de enriquecimiento en firme alegando que el fallo fue injusto y producto de una “vía de hecho por indebida valoración probatoria”.
“Del escrito inicial y los medios de prueba aportados -sintetiza el fallo de la Corte- se extrae que el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de esta cuidad condenó al promotor a la pena principal de 70 meses de prisión, multa de $43.579.952 por el delito de enriquecimiento ilícito de particulares (29 dic. 1999), apeló y el Tribunal confirmó lo así resuelto (14 feb. 2001), postuló casación y la Corte no casó el veredicto de segundo grado (CSJ SCP 19 jun. 2003, rad. 18483)”
“Se dolió (Turbay) de que los funcionarios judiciales convocados incurrieron en vía de hecho por la indebida valoración probatoria lo que, en su sentir, habilita para que en el evento de no salir próspera la aspiración anulatoria se le conceda la doble conformidad. Aunado a lo anterior, la Contralora General de la República de entonces, amparándose en la condena penal, ‘decidió no incluir o sacar su fotografía del salón de cuadros de los Contralores Generales, de la Contraloría General de la República, lo que afecta su buen nombre y honra”.
Con ponencia del magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque, la Sala de Casación Civil negó la tutela por dos razones. La primera, por haber sido presentada de manera extemporánea, ya que la ley fija un término no superior a seis meses para hacer valer ese recurso de excepción. La segunda, porque Turbay no se dirigió a la entonces contralora Sandra Morelli para que modificara una decisión que él consideraba lesiva para su nombre y no cumplió entonces un requisito legal previo para interponer su tutela.
Morelli consideró en su momento en que un contralor condenado no merecía que su nombre o su memoria fueran honrados en una galería de honor. Con esos mismos argumentos fueron excluidas de la galería las fotografías de los también excontralores Julio Enrique Escallón Ordoñez (1971-1975), Aníbal Martínez (1975-1982) Zuleta y Rodolfo González (1982 a 1996 y 1986 a 1990) y Manuel Francisco Becerra Barney (1990-1994).
Esta especie de ‘sanción in memorian’ fue tomada en 2012 por la entonces contralora Morelli, cuando tomó la decisión de llevarse la sede de su institución de la carrera décima con calle 16 al centro comercial Gran Estación de Bogotá. Fue allí donde el mosaico fotográfico fue modificado.
El destino común de todos ellos había sido inhabilidad y condena por actuaciones calificadas como delictivas por la justicia. Becerra y David Turbay por el Proceso 8000, mientras otros tres por distintos actos relacionados con corrupción.
De todos ellos el único que recuperó un lugar e el mosaico fue Aníbal Martïnez Zuleta. El entonces contralor Carlos Felipe Córdoba acogió una solicitud hecha por Daniel Palacios, ministro del Interior de la administración de Iván Márquez, al considerar que no se puede cercenar la historia a punta de depuraciones de carácter moral.
Su antecesor, Edgardo Maya Villazón, pensaba distinto. Cuando adquirió el edificio y lo adecuó como sede del organismo de control, sobre la Avenida Eldorado, mantuvo en vigor la decisión de Morelli y consideró que la vida o la memoria de aquellos que utilizaron para mal sus altos cargos no merecía ser honrada ni presentada como un ejemplo para las nuevas generaciones.
Hasta ahora las familias de Rodolfo González García y de Manuel Francisco Becerra Barney no han intentado acciones similares a las de Turbay y a la de los herederos de Martínez Zuleta.
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