El acierto de bajarle más a los pensionados su aporte de salud

El acierto de bajarle más a los pensionados su aporte de salud

El artículo 62 del PND propone que el aporte a salud de los pensionados pase del 12 al 10%, pero este no sería el único que beneficiaría a esta población

Por: Juan Carlos Niño Niño
febrero 27, 2023
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El acierto de bajarle más a los pensionados su aporte de salud
Foto: Pixabay

Con la designación de ponentes y la presentación de Planeación Nacional en las Comisiones Económicas avanzó la semana pasada en el Congreso el proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 (Colombia potencia mundial de la vida), en donde se destacan novedosas medidas de alcance social— como la reducción del aporte en salud de los pensionados— pero queda la incógnita de si este mapa de navegación está a la altura de los grandes cambios del país, aún más cuando se esperaban lineamientos para modificar la actual política petrolera y el Estatuto Financiero.

Eso no significa que el plan no dé un paso adelante en la reivindicación social, que ha dejado tan maltrecha el “neoliberalismo” de la Constitución de 1991, como es el caso de la disminución del 12 al 10% del aporte en salud de los pensionados (artículo 62 del proyecto), complementada por una proposición del senador José Vicente Carreño para que sea del 12 al 8 % para los pensionados en situación de discapacidad, lo que sería un valioso ahorro para los pensionados, pero que a mediano y largo plazo debería desaparecer totalmente el mencionado aporte como un manera de facilitar aún más condiciones dignas y justas a la tercera edad.

Esta reducción al aporte en salud de los pensionados fue inicialmente una promesa incumplida en campaña para la reelección del presidente Santos, quien después no dudó en objetarla aun cuando fue aprobada en el Congreso, y que en parte reivindicó el presidente Iván Duque con la sanción de la ley 2010 de 2019 o Ley de Crecimiento Económico, en donde el aporte en salud de los pensionados se reduce finalmente a un 4 por ciento, pero solo para aquellos que devenguen un salario mínimo.

El artículo 66 del proyecto reivindica a la mujer rural al reconocer su trabajo no remunerado al interior del hogar, con el acceso de la misma a los planes, programas y proyectos del Ministerio de Agricultura, pero esta disposición —como anotan varios congresistas— debe ser el inicio de un proceso de inclusión de esta actividad doméstica en la actual legislación laboral, salud y pensiones, incluida igualmente dentro de una política pública para lograr el bienestar integral de esta población.

Y el artículo 82 establece que “en situaciones de emergencia y desastres, las entidades públicas podrán comprar de manera directa productos agropecuarios de pequeños productores agrícolas y campesinos”, a lo que el senador Carreño propone que se incluya no solo la compra de alimentos, sino también el resto de productos elaborados dentro de esta actividad campesina, como podría ser lo que se conoce como canasta artesanal y demás utensilios que se elaboran en distintas regiones del País, y que el campesino lo elabora con tiempo y esfuerzo, pero termina por pagársele solo por el valor del producto agropecuario.

Otro acierto del entrante Plan Nacional de Desarrollo es enumerar específicamente en qué no se pueden utilizar los recursos del Sistema General de Participaciones, como son los gastos de funcionamiento, deudas por omisión, fallos judiciales y conciliaciones, más el déficit de vigencias anteriores, que sin duda le va a dar aún más eficacia y eficiencia a la inversión de estos recursos, pero además se debe incluir que el gobierno nacional compulse copias a los entes de control y judiciales, cuando las entidades territoriales incumplan esta prohibición de destinación “ilegal” de recursos, lo que indudablemente será un mecanismo de advertencia y disuasión  a los mandatarios municipales y departamentales.

Uno de los aspectos que adolece y por lo tanto sorprende del proyecto de ley, es la ausencia de una reforma estructural a la política petrolera, que diera posteriormente a una Ley Marco de Hidrocarburos, en donde se establezcan límites y condiciones a la Contratos de Asociación –actualmente es discrecional del Gobierno— incluido el mejoramiento de la exigua participación de la Nación –se ha retornado sin sustento alguno a los contratos de concesión— como también el fortalecimiento de las licencias ambientales en las actividades de exploración y explotación, porque cada vez éstas son más flexibles para “incentivar” y “promover” la inversión extranjera.

Una de las expectativas de los colombianos —por los menos de quienes respaldaron la propuesta del ahora presidente Petro— era un reforma estructural al sistema financiero —que consideran bastante injusto— pero no deja de llamar la atención que este Plan de Desarrollo se refiere solo a la “inclusión financiera y crediticia de la economía popular”—sin desconocer la importancia de esta—, pero el actual consumidor financiero lo menciona únicamente al autorizar la portabilidad financiera o “el derecho a solicitar el traslado de los productos financieros.”.

Ese agujero negro en el texto del proyecto se hace más lamentable si revisamos el reciente análisis de Paula Martínez y Federico Corredor, investigadores de la Facultad de Economía de la Universidad Externado de Colombia –en alianza con Razón Pública—, en donde se advierte por ejemplo que los períodos de gracia de los bancos “vienen acompañados de ajustes que implican un aumento de la deuda total y las reducciones en las tasas de interés de consumo no se corresponden con las que ha hecho el Banco de la República”, y concluye más adelante que “los márgenes de intermediación —o diferencia entre la tasa media de captación y la tasa de colocación— son bastante elevados”.

Coletilla. En la próxima nota —a solicitud de los lectores— vamos a evaluar si son exorbitantes o no las famosas facultades extraordinarias al presidente Petro en el Plan Nacional de Desarrollo, en donde están aspectos tan discutibles como crear o modificar las entidades de la rama ejecutiva, modificaciones presupuestales, reglamentación de fondos, implementación de la economía popular, entre otros.

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