En este artículo pienso sobre uno de los equívocos más incidentales y, por ello mismo, menos reflexionado sobre la abolición de la esclavitud de las personas de piel negra en Colombia. La manumisión de las esclavas y los esclavos fue presentado en su momento como un evento solemne, memorable, que las personas blancas esclavistas y al mismo tiempo políticos, organizaron en 1851, para celebrar la libertad de las personas que ellos mismos estaban esclavizando.
En mi entendimiento sobre la esclavitud de mis antepasados1, veo: conceptualizaciones sobre el poder, la dominación, la resistencia de las esclavas, los esclavos, los regímenes crueles de las grandes plantaciones esclavistas de las Américas. Así mismo veo en mis reflexiones relaciones de poder sobre las personas de piel negra sometidas a la esclavitud, a la dominación.
Al mismo tiempo me interrogo, ¿qué implicaciones analíticas y éticas tuvo esta distinción del sometimiento en las personas esclavistas al abordar la problemática de la libertad bajo la subyugación?
En éste cuadro que plantea la subyugación y el sometimiento, se identifican las ambigüedades conceptuales que acompañaron de manera fugaz las observaciones de los y las esclavistas en torno a la esclavitud de las personas de piel negra, que no son otras que la violencia extrema y la muerte.
Esto se ve ejemplificado, ni más, ni menos en las paradojas que se manifestaron a través de la acción pastoral cristiana como medio de sujeción de las almas de las personas de piel negra sometidas al régimen del terror esclavista.
Por una verdadera abolición, esta vez en derechos
Un problema fundamental que se plantea, es la degradación de las personas originarias del África subsahariana a lo largo de todo el período colonial, es decir, cuando se debe hablar de esclavos y esclavas «libertos», de «negros» y «negras» manumisos, etc. Esto obliga a cierta reflexión con respecto a la igualdad de los derechos civiles y políticos de las personas de piel negra de ése período.
Porque Ese problema podrá extrañar a muchos investigadores, puesto que se ha defendido la «costumbre» de estudiar a las personas de piel negra de ésta época (colonial) con el vocabulario heredado de la clase blanca colona y hoy día de las y los académicos colonialistas como si las personas de piel negra en realidad hubieran alcanzado la «emancipación» o la «abolición».
En este mismo orden, quiero preguntar: ¿Que es la abolición? O, lo que es lo mismo, ¿en qué circunstancias se puede llamar libre a una persona de piel negra durante el período colonial? Antes de contestar a esta pregunta, conviene advertir que la abolición siempre está referida a un ámbito. La mujer negra y el hombre negro dirán: soy libre, por ejemplo, para decidir sobre mí mismo y para no aceptar condiciones humillantes en mi contra.
Cabría, desde luego, imaginar una abolición por así decir absoluta, en condiciones de libertad en todos los campos de la vida ciudadana en igualdad de condiciones y de oportunidades. De donde se deduce la proposición siguiente: ¿En que consiste, pues, la abolición? Simple- y llanamente en que la persona, a la que llamaríamos libre, puede hacer algo en el ámbito de su libertad; tiene la posibilidad de llevar a término su actuación.
Ahora bien, el sustantivo posibilidad, al igual que el correspondiente verbo poder, es anfibiológico. Para que una acción se realice, ha de darse, en efecto, una posibilidad interna y psíquica, y otra externa y física. Y esto porque en todo acto humano entran siempre dos elementos: primero, una decisión o elección, y, segundo, la puesta en práctica de esa decisión mediante un acto físico.
Pongamos como ejemplo la decisión de la mujer negra o del hombre negro de no servirle más al colonialista (blanco). Ahora ellos sí podrían decir, somos libres completamente de no servirle al colonialista, primero porque pueden decidir, libremente en tal sentido, y segundo porque pueden expresar su voluntad.
En resumen, en el período colonial no hubo, desde luego, en absoluto una abolición respecto a las personas del África subsahariana en las Colonias en América Latina o el Caribe. La lucha, hoy día, hay que centrarla en desmontar o en deconstruir la racionalidad colonial, empotrada en las academias de ciencias y reemplazarla por una racionalidad incluyente, descolonizada.
La Ley 70 de 1993
En consecuencia, ¿son excluyentes los colombianos? Hace no demasiado tiempo, la sociedad colombiana presumía de no serlo. Cuando veían aquellos documentales estadounidenses sobre la exclusión racial, se escandalizaban. Aquello solo pasaba en el extranjero.
En Colombia no podía pasar; aunque si había sucedido en el período colonial, hoy no pasaría nunca. Se decía que Colombia era un país muy diverso, una especie de crisol de razas, en el lenguaje de aquella época; y había algo así como un mestizaje, racial y cultural, que imposibilitaba el que fueran excluyentes. Eso era antes. Entonces, las cosas han cambiado radicalmente.
En una reciente encuesta2 se ha comprobado que los prejuicios raciales alcanzan proporciones alarmantes; y que los negros son el grupo hacia él que se manifiesta mayor exclusión. Según esta encuesta, las clases alta y media excluyen más que la baja.
Los colombianos hacen chistes de negros, pero no les parecen racistas. Los hombres blancos o mestizos son más racistas que las mujeres blancas o mestizas y los jóvenes más que los viejos. Aun cuando la población tiene un alto componente indígena, lo extraño, sin embargo, es que de los encuestados, la mayoría son jóvenes de 18 a 25 años.
El 20,8% piensa que éste no es un problema de la sociedad colombiana. Así, el 87,2% de los encuestados siente antipatía por los negros; y el prejuicio se evidencia en las relaciones humanas, laborales, sociales. De tal manera que el 77% de los encuestados respondió que en Colombia sí existe la exclusión racial y el 45,9% aprueba haber contado chistes de negros.
La imagen del negro suele adornarse ocasionalmente con otros atributos que conllevan cierta categorización de inferioridad social y cultural, produciendo actitudes de recelo, desprecio o rechazo. Incultos, no civilizados, primitivos, analfabetos, mal educados, mal hablados, son calificativos atribuidos a los negros como signos de diferenciación de la sociedad mayoritaria colombiana.
En la imaginería descriptiva del prototipo étnico del Otro, hay quien es sumamente hábil para hacer un retrato con múltiples y variados rasgos identificadores, como la piel, pero no falta en el retrato el toque impresionista de «negro con alma blanca».
En un texto locuaz del periodista Javier Darío Hoyos Restrepo surge este soterrado discurso aparentemente imparcial, pero que podría esconder un fondo de prejuicio antinegro, veámoslo:
«Cuando el animador del programa televisado anotó sobre unas excelentes obras de arte negro que ‘se trata sin duda de hermosas realizaciones de negros con alma blanca’, el concursante, un profesional negro de expresión fácil y exquisita cortesía, no logró contenerse: ‘Perdóneme la aclaración, dijo, pero los negros no tenemos alma, y si la tenemos debe ser negra, que es un color tan bello como el blanco’. El episodio era visto por millones de televidentes colombianos que durante varias semanas habían asistido a un apasionante duelo entre el animador y el concursante, a propósito del arte negro (...). En una Universidad colombiana el tema sirvió de base para una mesa redonda en la que jóvenes estudiantes de derecho y sociología no lograron ponerse de acuerdo: mientras unos afirmaban que en Colombia el negro sólo es apreciado como boxeador, futbolista, músico o mesero, un poderoso grupo se atrincheró detrás de la afirmación de que en Colombia no hay discriminación porque ni la Constitución Política, ni las leyes contienen nada que pueda interpretarse como negación de los derechos fundamentales del negro» (1975, p. 16).
En cierto modo, la Ley 70 del 27 de agosto de 19933 en la Constitución colombiana consagra el principio jurídico de la igualdad de todos los colombianos ante la ley y proclama a través del artículo 33 que el Estado sancionará y evitará todo acto de intimidación, segregación, discriminación o racismo contra las comunidades negras en los distintos espacios sociales, de la administración pública en sus altos niveles decisorios y en especial en los medios masivos de comunicación y en el sistema educativo, y velará para que se ejerzan los principios de igualdad y respeto de la diversidad étnica y cultural.
Pero la democracia no es una entidad sustantiva, sino un proceso histórico, vivo y dialéctico, donde es necesario estar siempre socializando y recreando; y, sobre todo, practicando los códigos proclamados de la igualdad y de la solidaridad.
En definitiva, la piedra de toque de una real democracia –a pesar de ser el triunfo de las mayorías– es el respeto a las minorías, sean éstas políticas, étnicas, religiosas o ideológicas. Y la comunidad negra tiene también el derecho, junto con otras comunidades étnicas y raciales, de tener su identidad cultural propia y su singularidad histórica; sintiéndose plenamente descendiente de africanos, negros y colombianos.
Pero todo esto es el deber ser, el código ético, el horizonte axiológico-utópico, el nivel ideológico de creencias y valores. El testimonio anteriormente citado nos ha mostrado la otra cara de la moneda: los comportamientos colectivos prejuiciosos y excluyentes, fenómenos fácticos que también se intentan legitimar con creencias y explicaciones ideológicas arraigadas en la sociedad colombiana dominante.
Los palpitantes testimonios de Restrepo Hoyos nos revelarán todo el entramado de valores y creencias tanto el paradigma axiológico de la igualdad como el firme prejuicio antinegro. Testimonios como estos no dejan lugar a dudas sobre la ambigüedad de un pensamiento que pretende estar estructurado de acuerdo a un nivel académico determinado. En efecto, los enunciados a continuación podrían fundamentar una sociología sobre la dominación blanca amestizada en la sociedad nacional colombiana. En consecuencia, Restrepo Hoyos (1975, pp. 16-17) dice:
«El antiguo magistrado de la Corte4 y abogado, Jesús Estrada Monsalve no duda en aceptarlo: ‘Discriminación sí existe. La prueba es que uno no dejaría casar a una hija suya con un negro. En Colombia discriminamos (...) al negro’. [Restrepo Hoyos, prosigue] Propongo el tema ante un intelectual especializado en asuntos históricos5 y su esposa. Él niega la existencia de la discriminación: ‘Aquí el negro tiene todos sus derechos. Puede ocupar cualquier cargo público y ejercer la profesión que quiera (...). Le replico [continúa Restrepo Hoyos]: ¿y si un negro pretende casarse con su hija? (...). No se lo permitiría! (...). Eso no es discriminarlo. Simplemente, es otro asunto! Interviene su esposa: Discriminación sí hay. En las fiestas los negros pueden estar, pero para que toquen en la orquesta. Pero que no vayan a tocar a la hija de uno».
Entonces, en el magistrado (hombre de leyes), así mismo como en el intelectual (especializado en asuntos históricos) citados por Restrepo Hoyos, se puede observar que la idea central: es la idea de un dilema entre los más altos valores de la nación y de la democracia colombiana y la tendencia a excluir de ellos a las y los afrodescendientes.
La prohibición de impedir a sus hijas de contraer matrimonio con hombres negros muestra una situación de bloqueo que impide el progreso por asimilación del sujeto, pero, sobre todo, cambios en la mentalidad de los blancos amestizados.
Es observable en la entrevista a las personas en cuestión que ellas encubren la primera cualidad de sus razonamientos para comprender la exclusión del sujeto negro en la sociedad cartagenera y nacional. Por lo demás, nos permitiría examinar con carácter prioritario el trabajo ideológico de los blancos amestizados sobre sí mismos, sus contradicciones internas, su dilema.
Ni Gunnar Myrdal ni John Dollard, para no nombrar sino a estos dos destacados investigadores especialistas en sociología de la comunidad negra en Los Estados Unidos y el Caribe, rompen totalmente con la observación empírica, sobre el terreno, de las relaciones raciales.
Aunque ambos se distancian de las realidades sociales en el interior de las cuales se despliega la exclusión racial, de ninguna manera prescinden de ellas. Otros, por el contrario, van mucho más lejos, y se distancian más aún de la situación en la que se observa la exclusión racial para examinar sus fundamentos psicológicos y ver en ella, ante todo, la expresión de un tipo de personalidad.
En conclusión: La Ley 70 para las Comunidades Negras en Colombia obedece a una lógica del poder que desciende desde arriba más que ascender desde abajo, aunque se debatió públicamente, continúa siendo más jerárquica que autonóma. La aprobación de la Ley 70 para las Comunidades Negras, se realiza no para abolir la exclusión sino para lograr la permanencia de ésta en la sociedad colombiana.
Bibliografía:
Du Bois, W. E. B. (2003): Die Seelen der Schwarzen. The Souls of Black Folk. Freiburg: Orange Press.
Myrdal, G. (1944): An american dilemma. The negro problem and modern democracy. Nueva York: Harper und Row.
Restrepo Hoyos, D. (1975): ¿Hay racismo en Colombia? En: Q’Hubo (Bogotá): Marzo: 16-17.
Rodríguez Bobb, A. (2002): Exclusión e Integración del sujeto negro en Cartagena de Indias en perspectiva histórica. Madrid: Iberoamericana / Vervuert: Frankfurt am Main.
Rodríguez Bobb, A. (2007): Historia del negro en el Caribe (Cartagena, colombia): Políticas Monárquicas, Transgresiones, Exclusión, Estrategias, Poderes, Esclavitud, Violencia y Derechos Suprimidos. Estudios interdisciplinarios. Berlín: Wissenschaftlcher Verlag Berlin.
Touraine, A. (1994): Frente a la sociedad dual. Jornadas sobre pobreza e inmigración. Barcelona: hacer Editorial.
Wole, Soyinka (2001): Die Last des Erinnerns. Was Europa Afrika schuldet – und was Afrika sich selbst schuldet. Düsseldorf: Patmos Verlag.
1Los padres de mis abuelas y abuelos nacieron en el siglo XIX, y, desde luego, vivieron bajo el yugo y el terror de la época colonialista y esclavista en Cartagena: mi padre nació 1917 y mi madre 1923, entonces deduciendo, los padres de mis padres, vivieron las experiencias del sometimiento esclavista.
El racismo epistémico: El racismo epistémico se articula, entre otros, con el sexismo y la procedencia geográfica; es una actitud colonial y patriarcal. Si le damos una mirada a nuestros textos científicos quizás nos demos cuenta que existe una prevalencia de autores hombres del mundo occidental; particularmente europeos y norteamericanos. Es decir, un discurso del conocimiento de carácter científico, masculino, noroccidental-céntrico; epistémicamente: racista y sexista.
2De El Tiempo, Caracol (Radioemisora con prospección nacional) y el Centro Nacional de Consultoría, realizada el 17 de Febrero 1990.
3 Ver: Ley 70 para las Comunidades Negras (1993). Suplemento Magende (Bogotá: Acadesan). 1-31.
4 Corte Suprema de Justicia.
5 Este intelectual especializado en asuntos históricos es muy conocido dentro del ámbito nacional. Su programa televisado se titula: “Concurse con la Historia”.