La idea de una buena sociedad, una sociedad con la imprescindible decencia necesita, además de otras cosas,
del trabajo, no de cualquier trabajo, pero sí del trabajo[1]
El pasado domingo nuestra Constitución Política cumplió 30 años. En ella, hace tres décadas, se incorporaron principios, fines, derechos y garantías que, si se cumplieran, protegerían eficazmente a los trabajadores y trabajadoras, pues la calidad del trabajo en sus distintas formas define la calidad de una sociedad y de una democracia. Sin embargo, se puede afirmar sin temor a equivocarnos que la “Constitución del Trabajo”, está totalmente incumplida, con las consecuencias que hemos visto en estos dos últimos meses, un sistema democrático de opereta y una sociedad segregada y brutalmente desigual luchando por conquistar el sueño plasmado en la Carta Magna de 1991.
Nuestro Estado Social de Derecho está fundado y tiene entre sus fines el trabajo, (Preámbulo y artículo 1) sin embargo, los altos índices de desempleo e informalidad, son los peores entre los países de la OCDE y se han agravado por la mala gestión de la pandemia, con un gobierno sin propuestas laborales más allá de las que ordena el Consejo Gremial y Fedesarrollo y cumplidas a mediocridad por Ángel Custodio Cabrera, el peor ministro de Trabajo.
A pesar de que el texto constitucional establece que tenemos derecho a participar de las decisiones que nos afectan, en las empresas y entidades del país, en los sitios de trabajo, la Constitución, es decir el Estado Social de Derecho o la democracia participativa, no rigen. Las juntas directivas carecen de voceros de trabajadores y trabajadoras y no se cumple la interpretación de la Corte que ha concluido que los trabajadores deben ser escuchados previamente cuando se tomen decisiones que pueden afectarles. (Art. 2)
El trabajo sigue desprotegido en “todas sus modalidades”, como lo ordena la Constitución (Art. 25). Cada día las normas del trabajo formal se aplican a menos trabajadores, el contrato indefinido ahora es pieza de museo, una rareza y se han universalizado todas las formas de tercerización, desregularización y desprotección del trabajo. El Estado está lleno de “contratos de prestación de servicios” en actividades misionales y son el mejor escenario para el clientelismo y la politiquería. El Ministerio del Trabajo, como lo hemos dicho aquí en otras ocasiones, brilla por su ausencia en las labores de inspección, vigilancia y control.
Sobre el derecho a asociarse en sindicatos ni hablar (Art.39). Las tasas de sindicalización son nuevamente las más bajas de la OCDE y si se crean sindicatos, son para hacer tercerización laboral ilegal, sobre todo en actividades del sector de la salud donde no existen derechos laborales para nuestro valiente personal sanitario. Precisamente este año, el gobierno colombiano fue llamado a descargos por la OIT luego de 12 años, por incumplir el convenio 87 sobre libertad de sindicalización. Hay jueces, que, aun, por ejemplo, consideran que los trabajadores no subordinados, no tienen derecho a asociarse sindicalmente. ¡30 años después de esta constitución! ¡Increíble!
El estatuto del trabajo es la mayor deuda que tiene el Congreso, los sucesivos gobiernos y el gran empresariado con los trabajadores y trabajadoras del país. Aquí parece que está prohibido hablar de los principios que están en el artículo 53 superior de igualdad, protección a la maternidad, protección especial a la mujer o estabilidad en el empleo. Por eso, contrario a lo que hacemos los trabajadores, los empresarios le meten chequera a fondo en las elecciones al Congreso, para que este estatuto que nos adeudan hace seis lustros, no se haga realidad. Estos son principios que le dan piquiña al Consejo Gremial que cogobierna hoy en el país.
Sobre la obligación del Estado y de los empleadores de generar formación técnica y profesional (Art. 54) falta mucho por hacer y en vez de fortalecer el Sena, el gobierno insiste en su debilitamiento. La misma norma establece la obligación del Estado de ubicar laboralmente a quienes estén en edad para hacerlo y garantizar el acceso al trabajo de los minusválidos, mientras los empresarios y algunos congresistas insisten en acabar con la “estabilidad laboral reforzada”. Pura inhumanidad.
Sobre la negociación colectiva (Art. 55) y contrario a los estándares internacionales y las recomendaciones de organismos como la OCDE, seguimos condenados al diálogo a nivel empresarial y se ha limitado y restringido en otros niveles de negociación como el de rama, actividad económica o redes de empresas, pese a que Colombia ratificó el convenio 154 de la OIT.
La huelga está prácticamente prohibida en la práctica (Art. 56) y si no fuera por la jurisprudencia más recientemente proferida por la Corte Suprema ya fuera asunto de arqueología jurídica.
No hay leyes ni estímulos para que las empresas participen a los trabajadores en las gestiones de las empresas (Art. 57), es más, aquí a eso lo llaman “coadministrar” y lo detestan las entidades y corporaciones. Mucho menos hay promoción del acceso a la tierra de los trabajadores agrarios (Art. 64) ni intención de mejorar la calidad de vida de los campesinos donde la informalidad laboral rodea el 95% y no hay inspección laboral.
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Debe pensarse en perspectiva, pues el trabajo ha cambiado, debe pensarse teniendo en cuenta la incursión de la tecnología, la sostenibilidad ambiental y la agenda por la igualdad
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Como podemos concluir, la “Constitución del Trabajo” tiene muchos retos por delante. Todas las promesas constitucionales están por cumplirse. Debe pensarse, además, en perspectiva, pues el trabajo ha cambiado considerablemente, debe pensarse teniendo en cuenta la incursión de la tecnología, la sostenibilidad ambiental y la agenda por la igualdad que demandan cada día con más fuerza los movimientos feministas y de la población LGTBIQ.
Esto solo es posible con poderes públicos que comprendan que el trabajo es fuente de dignidad personal, de valoración de sí mismo, de autonomía política y económica, de estabilidad de las familias, de paz en la comunidad, de seguridad social, que los trabajadores son ante todo ciudadanos y que su compromiso con la democracia también depende de qué condiciones de trabajo tienen. Que comprenda el concepto de “Trabajo Decente” que acuñó la OIT en 1999 y que adoptó como suyo las Naciones Unidas en 2015 dentro de los objetivos para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos y todas como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible.
Adenda: Lamentable la partida anticipada de nuestro compañero Oscar Cipriano García, dirigente nacional de la USO. Reitero mi solidaridad a su familia, seres queridos y a los miembros de su opinión política, Poder y Unidad Popular.
[1] Fernando Diez Rodríguez, en “Homo Faber. Historia Intelectual del Trabajo, 1675-1945”. Madrid. Siglo XXI de España Editores. 2014. P.11-12