Decreto 1174: mano de obra más barata para mayor explotación laboral
Opinión

Decreto 1174: mano de obra más barata para mayor explotación laboral

Con los "pisos de protección social", el gobierno ha realizado una regresiva reforma laboral y pensional que disminuye hasta 35 % los ingresos de los trabajadores en las nuevas contrataciones

Por:
septiembre 03, 2020
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.

Desde que se inició el modelo neoliberal del libre comercio en 1990, se han venido haciendo reformas laborales y pensionales. En las laborales se destacan las leyes 50 de 1990, 789 de 2002, 1607 de 2012 y 1955 de 2018(PND). En las pensionales se destacan las leyes 100 de 1993, 793 de 2003 y los actos legislativos 01 del 2005.

Todas ellas expedidas bajo las  motivaciones de flexibilizar la relación laboral y disminuir sus costos para poder generar empleo.

Toda estas normas más las violaciones a las mismas normas utilizando trabajadores independientes,  contrataciones civiles y comerciales como cooperativas de trabajo, órdenes de prestación de servicio, tercerización laboral e incluso el contrato sindical con falsos sindicatos, ha llevado que los trabajadores hayan perdido significativos ingresos, cuantificados en un descenso del 7% en la contribución del trabajo en el PIB ($70 billones en el último año) , obviamente ganándoselo el capital.

Con la expedición del decreto 1174 del 27 de agosto del 2020 sobre "pisos de protección social", el gobierno de Iván Duque, aprovechando oportunistamente las dificultades de la ciudadanía en la pandemia, ha realizado una regresiva reforma laboral y pensional con la cual los trabajadores verán disminuidos hasta en un 35% sus ingresos en las nuevas contrataciones laborales.

Este decreto flexibiliza completamente la relación laboral al imponer contratos por horas,  con ingresos por debajo del salario mínimo ( modifica el código). Hoy puede que lo llamen a trabajar una hora y mañana no o nunca más, con plena discrecionalidad del patrono. Con ello también atentan contra el derecho de asociación, pues cuando el patrono vea que se están sindicalizando los trabajadores no los vuelve a llamar, logrando debilitar su organización. Se acaba de hecho la indemnización por terminación unilateral del contrato, pues la flexibilidad lo termina.

Todos los trabajadores en esta nueva modalidad se adscriben es al Sisbén y a un  microseguro por riesgos laborales y por tal todo el régimen de pago de incapacidades y licencias, las pierde el trabajador. Prohibido enfermarse o accidentarse, pues no recibirá ingresos.

El piso de protección social obliga a adscribir al trabajador no al sistema pensional (Colpensiones en régimen de prima media o a los fondos privados en ahorro individual, donde la pensión mínima y heredable es de un salario mínimo), sino al sistema de los BEPS( Beneficios ¿?Económicos Periódicos) adscrito a Colpensiones pero en ahorro individual, y que le representaría en la vejez en un retiro programado no heredable de entre $40.000 a máximo $80.000 miserables mensuales. Es decir NO hay pensión.

Adicionalmente pierde el trabajador el subsidio familiar pues el patrono no vuelve a aportar el 4 % del salario a las cajas de compensación familiar (se marchitarán).

______________________________________________________________________________

El empleador estará tentando a abandonar régimen del código laboral de mínimo un salario mínimo y plena seguridad social para pasar sus trabajadores al más barato de los pisos de protección social
________________________________________________________________________________

Queda, además la tentación del empleador, al tener la opción de dos regímenes laborales, de abandonar el del código laboral de mínimo un salario mínimo con plena seguridad social e ir pasando a sus actuales trabajadores al régimen de los pisos de protección social que es mucho más barato, con lo cual acrecentará la tasa de explotación laboral, que se verá reflejada para él en mayor productividad y ganancias.

Y por si fuera poco, quedan en entredicho los derechos de vacaciones y prestaciones sociales, recargos nocturnos y dominicales y festivos,  acabándose eso sí el concepto de horas extras.
Un regalazo del plutocrático gobierno de Duque para sus socios, los empresarios.

Así entonces, se precariza más el trabajo, sin estabilidad laboral, ni sindicato, con una falsa formalización laboral y una disminución artificial del desempleo al cambiar un trabajador de salario mínimo en dos con la mitad de los ingresos y disminuidos sus derechos y prestaciones sin que nunca tenga la opción de pensionarse. Y el caradura de Duque es capaz de afirmar que no es un regresiva reforma laboral y pensional.

Posdata: Están apagando el fuego con gasolina.

Twitter: fabioariascut

 

 

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
En salario mínimo: recuperar la deuda de los gobiernos empresariales

En salario mínimo: recuperar la deuda de los gobiernos empresariales

Reformas sociales: derechos vs. privilegios

Reformas sociales: derechos vs. privilegios

Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--