El silencio de Duque ante posible cuarentena de trabajadores

El silencio de Duque ante posible cuarentena de trabajadores

Los ciudadanos no saben lo que ocurrirá con sus empleos, su salario y su seguridad social, si se decide que entren en cuarentena por el Coronavirus

Por: Juan Carlos Suárez Rodriguez
marzo 12, 2020
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El silencio de Duque ante posible cuarentena de trabajadores
Foto: Leonel Cordero

A comienzos del presente año, fue noticia mundial el inicio de una enfermedad que se transmitía por contacto directo o indirecto entre las personas. Su epicentro se da en la provincia de Wuhan – China. Se le bautizó mundialmente como “Coronavirus”, que por más esfuerzos del gobierno chino, este se salió de control. Por el momento, cifras oficiales señalan que hay más de 110.000 personas afectadas en más de 106 países.

En Colombia, el Ministerio de Salud ha señalado oficialmente que existe una persona del género femenino que ha sido contagiada en tierras italianas y que  se ha atendido de manera reservada, poniendo a la afectada en situación de aislamiento.

Sin embargo, jurídicamente hablando, nos nacen ciertas dudas frente las situaciones laborales de los trabajadores en cuarentena, para lo cual, se hacen las siguientes preguntas: ¿Se tienen en cuenta la cuarentena como una incapacidad por enfermedad de origen laboral o de origen común? ¿Qué situación administrativa recibe un servidor público?

Varias son las dudas y diversas son las opiniones, sin embargo, se debe tener en cuenta que el aparato normativo que regula lo correspondiente a las incapacidades es el Código Sustantivo del Trabajo para trabajadores oficiales y privados y la ley 909 de 2004 que regula lo correspondiente al servicio público.

En ese orden, al ser el Coronavirus una enfermedad que ha sido tratada de origen común, tendríamos que hablar que la incapacidad estaría a cargo de las Empresas Prestadoras de Salud y no a cargo de las Aseguradoras de Riesgos Laborales. Asimismo, al ser pagas las incapacidades por las EPS, se tendría en cuenta que existen variaciones respecto del salario, pues solo se pagará lo correspondiente al 66.67%, que equivale a las dos terceras partes del salario normalmente devengado por el trabajador, sin que este pago sea menor al salario mínimo. Para los servidores públicos, se aplicarían los mismos preceptos anteriormente relacionados.

En casos como España y por presión sindical, se ordenó que las personas que se encuentren contagiadas con el COVID-19 se les otorgará la calidad de baja laboral, lo que significa que no se afectarán sus salarios y se asimilará como si se encontraran en vacaciones. Asimismo, el gobierno español ha establecido una figura en la cual, los padres puede estar a cargo de sus hijos, así estos no se encuentren contagiados.

Cabe recordar que en caso de encontrarse contagiado con el virus del COVID-19, es casi de obligatorio cumplimiento entrar en estado de cuarentena. Lo anterior, con el fin de prevenir los riesgos de contagio a los demás miembros de la comunidad.

En conclusión, este es un escrito a manera de opinión, pues el gobierno colombiano no ha tomado las medidas necesarias frente a las presentes dudas y no hay pronunciamiento oficial alguno que ampare lo anteriormente dispuesto. Sin embargo, las cifras de contagiados cada día aumentan y soluciones certeras no se avizoran.

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