Injusticia social en los salones de belleza en colombia

Injusticia social en los salones de belleza en colombia

Un llamado al Ministerio de Trabajo para que entre a regular esta actividad

Por: LUIS ERNESTO HERAS RAMOS
diciembre 19, 2019
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Injusticia social en los salones de belleza en colombia
Foto: Pixabay

El día de ayer envié una comunicación a la ministra del Trabajo, doctora Alicia Arango Olmos, donde transmitía la injusticia social, entre muchas otras, que se viene cometiendo en las salas de belleza, barberías y peluquería que funcionan como establecimiento comercial en el país, para lo cual me permito transcribir a efecto que de que sea publicada:

Con todo respeto me dirijo ante su digno despacho para transmitir a usted una injusticia social que se ha venido cometiendo con la complacencia de todas las esferas sociales de este país en los salones de belleza que funcionan en Colombia, los cuales según estadísticas de la Asociación Nacional de Industriales (Andi) ascienden a más de 100.000., donde laboran más de 180.000 personas entre estilistas, manicuristas y pedicuristas, al tiempo que la estética genera en el país 17.000 empleos directos y más de 80.000 indirectos.

Esta actividad económica de las peluquerías y salas de belleza mueve $300.000 millones al año, según cifras suministradas por la Revista Dinero. Además de esto, mientras se espera que el sector de la belleza tenga a nivel local un crecimiento de entre 10% a 2020; el de las peluquerías podría estar en niveles de 15%. El auge de las barberías mueve US$280 millones al año en el mercado colombiano.

Este balance positivo contrasta con la situación que están las personas que de manera cotidiana y ardua prestan sus servicios en esos salones de belleza, pues no cuentan con seguridad social integral pagada por quienes los contratan, porque no existe afiliación alguna al sistema de seguridad social integral por dizque carecer de una relación de carácter contractual laboral con tales propietarios, no obstante que se dan los tres elementos esenciales que la ley estipula para que exista (prestación personal del servicio, dependencia o subordinación y remuneración o salario) (...).

En vista de que esta situación de injusticia no debe seguir en un Estado social de derecho como el nuestro, donde abundan los reclamos en esta vía. Por eso pido de manera respetuosa y amable a la señora Ministra del Trabajo que entre a regular esta actividad lo antes posible, pues se ha venido abusando de estas personas que al terminar su vida laboral no tienen una entidad de seguridad social donde acudir a reclamar sus peticiones de beneficio prestacional de la pensión de vejez, amen el de la salud, sin mencionar otras de carácter parafiscal, que en cambio, si ellos estuvieran vinculados en forma legal como lo establece el Código Sustantivo del Trabajo, fácilmente pueden acceder a esos beneficios económicos prestacionales...".

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