Un curioso abuso de las mayorías
Opinión

Un curioso abuso de las mayorías

Con el requisito de las dos terceras partes, ni el ´brexit´ hubiera sido aprobado ni el plebiscito sobre el Acuerdo de Paz se hubiera presentado. Y todos tan contentos

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octubre 22, 2019
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Dos sucesos, uno colombiano el otro británico, han causado grandes desórdenes políticos por la aplicación del procedimiento más inocente de todos: preguntarle a la gente su parecer. Parecería algo muy básico y legítimo en una democracia, solo que esta, entendida solo como el gobierno de las mayorías, se ajusta mucho a la definición de ella diera Jorge Luis Borges: un curioso abuso de la estadística.

La Constitución colombiana de 1991 estableció una serie de mecanismos de participación ciudadana, por considerar que la democracia participativa, alejada de los conciliábulos políticos, era el signo de los tiempos, lo cual es cierto. Pero al mismo tiempo fijo una serie de requisitos a esos mecanismos, todos difíciles de cumplir, por considerar que hay otros intereses en juego más allá de la voluntad de las mayorías, como son el equilibrio de poderes y el hecho escueto de que una sociedad no puede lanzar su suerte con frecuencia a cara y sello.

Al establecer tanto el Referendo Constitucional como el Plebiscito, la Constitución puso tantas condiciones que cuando se han ensayado cada uno de esos mecanismos, no fueron aprobados por los electores. El Referendo no solo tiene un procedimiento complejo antes de ser puesto a consideración del electorado, una ley aprobada por el Congreso que establezca con claridad las preguntas que van a formularse, lo cual requiere de un mínimo consenso político, sino también que cada una de esas preguntas debe ser aprobada por una cantidad de votos superior a la cuarta parte del censo electoral. De las 15 preguntas que el primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez propuso a los colombianos el 25 de octubre de 2003 y que requerían un umbral de 6 millones de votos, solo fue aprobada una.

El Plebiscito es un mecanismo más directo, pero con menos posibilidades aun de tener éxito. Lo establece la Constitución, pero lo reglamenta el artículo 7 de la Ley 134 de 1994, como un pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente de la República, mediante el cual se apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.  Hasta allí fácil, pero la ley añade que el umbral del plebiscito es la mayoría del censo electoral, casi de imposible cumplimiento, y si ese umbral se pasa, debe ser aprobado por una suma de votos que exceda la mitad de ellos.

Aunque el gobierno de Juan Manuel Santos modificó por ley el elevado umbral que había sido establecido por ley (un error técnico de los redactores de la Constitución de 1991) y lo redujo del 50 % al 13%, con argumentos que fueron otro curioso abuso de la aritmética. La realidad política desafió tanta imaginación y el 2 de octubre de 2016 el Referendo para la aprobación del Acuerdo de La Habana superó ese exiguo umbral, pero fue rechazado por el 50,2 % de los electores (6. 377. 464 votos), creando una tormenta política sin precedentes.

 

En estos tiempos gloriosos de la manipulación política hay algo
muy perturbador en la idea de que sustantivas consultas directas al electorado,
se deban decidir por una mayoría simple

 

En el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sucedió algo parecido. Sin Constitución escrita, ni tradición de referendos, la ley está formada por una serie de estatutos, consagrados por la costumbre.  El gobierno conservador de David Cameron, cansado de la oposición de su propio partido que quería una ruptura del Reino Unido con la Unión Europea, logró que el Parlamento aprobara en 2015 la realización de un Referendo, que se hacía por segunda vez, pues ya en 1975 se había realizado el primero, rechazado por el 67 % del electorado. El 23 de junio de 2016 se celebró de nuevo y fue aprobado por el 51.9 % de los electores (17.410.742 votos), con una participación de 72 %.  No ha tenido desde entonces el Reino Unido, ni los tres primeros ministros que han tratado sin éxito de sacar esa decisión adelante, un minuto de paz política.

Lo que sucedió fue que Colombia no podía darse el lujo de rechazar el Acuerdo de Paz de La Habana y hubo que recurrir a todos los expedientes políticos y legales, para que el No de las urnas se convirtiera en el Sí del Congreso y la Corte Constitucional, dejando el mal sabor de la burla de la decisión mayoritaria que todavía dura. Y el Reino Unido no podía darse el lujo de salirse de la Unión Europea, como si se tratara del divorcio de un matrimonio sin amor, sin hijos y sin bienes.  Es de tal magnitud el costo económico, social y político de esa salida, que tres años después se considera un imposible y están puestas las bases para un nuevo referendo, cuyos resultados en apariencia serían favorables a la permanencia en la Unión Europea.

La moraleja es que en estos tiempos gloriosos de la manipulación política hay algo muy perturbador en la idea de que esas consultas directas al electorado, que van a cambiar de modo sustantivo la manera como las sociedades funcionan, se deban decidir por una mayoría simple. Si en el mismo Congreso existe el mecanismo de las mayorías calificadas de dos terceras partes para decidir asuntos que se consideran muy importantes, con mayor razón debería existir en temas como los Referendos Constitucionales o los Plebiscitos. Con el requisito de las dos terceras partes para su aprobación, ni el referendo británico sobre el brexit hubiera sido aprobado ni el Plebiscito sobre el Acuerdo de Paz de la Habana se hubiera presentado. Y todos seríamos más felices-

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