La Fiscalía determinó que no hubo ningún comportamiento indebido por parte de la pareja de hombres, aunque dijo que no pudo establecerse que se tratara de homofobia por parte del individuo que agredió verbal y físicamente a la pareja tras acusarla de supuestamente realizar actos sexuales en público.
El incidente ocurrió hace algunos meses en el Centro Comercial Andino de Bogotá y causó gran polémica. Finalmente, las autoridades luego de revisar todos los vídeos de las cámaras de seguridad concluyeron que no se pudo constatar la existencia de los actos obscenos que supuestamente habrían realizado los dos jóvenes. En cambio, lo que sí se observó en las grabaciones fue una gresca que terminó en una agresión física a uno de los dos miembros de la pareja por parte del individuo que los acusó de actos obscenos. Esto derivó en moretones en el cuerpo de uno de los hombres gay, por lo que la Fiscalía anunció recientemente que compulsó copias para que se investigue al individuo agresor por lesiones personales.
El día del incidente a la pareja también se le impuso un comparendo, el cual fue anulado debido a que el agente policial que dio la sanción no respetó el debido proceso: se basó únicamente en las acusaciones del hombre que agredió a la pareja y no en material probatorio. Y aunque luego se difundió en internet un vídeo extendido que supuestamente ''evidencia'' los actos obscenos de la pareja, en realidad se trata de una interpretación subjetiva y sesgada de una grabación borrosa, de baja calidad y resolución, por parte de un individuo fundamentalista, ultraconservador y de extrema derecha llamado Samuel Ángel. Dicho vídeo no prueba nada. Tanto las autoridades como el centro comercial concluyeron que en ninguna de las grabaciones hay evidencia de los supuestos actos sexuales.
A propósito de la polémica que rodeó a este caso, es preciso recordar que la Corte Constitucional ha reiterado en innumerables ocasiones que tanto parejas homosexuales como heterosexuales son totalmente libres de darse muestras de afecto en público, tal como lo son un abrazo, un beso, caricias faciales o ir agarrados de la mano. Se exceptúan los actos sexuales y obscenos. Además, recientemente la Corte Constitucional le ordenó al propietario de un bar en Barranquilla disculparse con una pareja de lesbianas a las que discriminó. La discriminación por orientación sexual está prohibida.