Si algo despierta furor en buena parte de los colombianos es la idea de que Uribe vaya a la cárcel el 8 de octubre. Sin embargo, y aunque es el sentir de muchos ciudadanos, no podemos olvidar que existe un procedimiento. Habrá que esperar a que la Corte decida de fondo sobre la absolución o condena del exmandatario.
Algo que todos deberíamos tener en cuenta es que Álvaro Uribe no irá a la cárcel el 8 de octubre. Si bien los delitos por los que está siendo procesado (fraude procesal y soborno) comportan medidas de aseguramiento privativas de la libertad, estas no serían aplicables al expresidente. La razón es más jurídica que política. Supongamos que no se trata del hombre más odiado del país, sino de un procesado del común: la medida de aseguramiento privativa de la libertad se aplicará con base en criterios tales como antecedentes, que exista riesgo de fuga y que el procesado represente un peligro para la sociedad. Tales criterios dependerán de la valoración que el juez haga sobre la necesidad o no de dicha medida de aseguramiento.
Volvamos al caso del expresidente, una vez escuchado en indagatoria, el juez, o la Corte en este caso, deberá decidir sobre la aplicación o no de una medida de aseguramiento privativa de la libertad en contra de Uribe Vélez. Aunque el exmandatario se encuentra vinculado en catorce procesos penales, no tiene antecedentes penales y su presunción de inocencia no ha sido desvirtuada. Entonces, basados en criterios meramente jurídicos, dicha medida resultaría desproporcionada.
Pero si bien no existen los criterios (jurídicos) para la aplicación de una medida de aseguramiento privativa de la libertad, esto no necesariamente implica que Álvaro Uribe sea absuelto; luego de la indagatoria al expresidente, la Corte Suprema de Justicia deberá decidir si acusa o precluye la investigación, esto con base en los elementos de prueba existentes en el proceso.
Ahora bien, teniendo en cuenta que el acervo probatorio en contra del expresidente es bastante amplio, lo más probable es que la Corte formule acusación en contra de Uribe Vélez.
La etapa de juicio corresponderá a la Sala de Juzgamiento de la Corte Suprema de Justicia, que deberá decidir si Álvaro Uribe es condenado o absuelto por los delitos de fraude procesal y soborno. Será, ahí sí, el día en que los colombianos podamos ver preso a Uribe en caso de emitirse una sentencia condenatoria. Y aunque el anhelo de muchos de nosotros es recibir la noticia de que Álvaro Uribe será enviado a la cárcel el 8 de octubre, lo cierto es que el proceso tardará y posiblemente tardaremos años en verlo tras las rejas.
Las ciudadanías no deberían indignarse porque Uribe no vaya a la cárcel el 8 de octubre, sino porque —a pesar de que en la Corte cursan investigaciones por hechos graves como las masacres de El Aro y La Granja, el asesinato de Jesús María Valle, las interceptaciones ilegales del DAS y la compra de votos para su reelección— apenas han resuelto llamarlo a indagatoria por los presuntos delitos de fraude procesal y soborno; situación que pone en entredicho la efectividad del aparato judicial y genera más incertidumbre que una verdadera confianza en el sistema de justicia y en las instituciones.