El eterno contrato para el estudio y restauración del Teatro Roberto Mac Douall

El eterno contrato para el estudio y restauración del Teatro Roberto Mac Douall

Si bien se suscribió en diciembre de 2014 y su duración inicial era de cuatro meses, ha sido prorrogado hasta la actualidad

Por: Antonio Muñoz Molina
mayo 14, 2019
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El eterno contrato para el estudio y restauración del Teatro Roberto Mac Douall

Queremos compartirle a la comunidad zipaquireña aspectos precisos sobre el contrato de consultoría No 327-2014 celebrado entre el municipio de Zipaquirá y la Sociedad Cundinamarquesa de Ingenieros a propósito del Teatro Roberto Mac Douall.

Fue un contrato pactado con un plazo de ejecución de cuatro meses por un valor de ciento cincuenta y dos millones de pesos. Dicho contrato fue suscrito en Zipaquirá el 30 de diciembre del año 2014. Lo que se pretendía era desarrollar: “los estudios y diseños previos para la restauración en su totalidad del Teatro Roberto Mac Douall de Zipaquirá”, mediante la intervención de la planta física de dicho inmueble, el cual se encuentra en este momento en alto estado de deteriore y que conforme a los testimonios fue cerrado al público hace cinco años.

 - El eterno contrato para el estudio y restauración del Teatro Roberto Mac Douall

A raíz de la situación de deterioro en que se encontraba el teatro se tomó la decisión de realizar la contratación de la consultoría: “Que la Secretaría de Obras Públicas elaboró y remitió los estudios previos correspondientes, proponiendo y justificando la realización de la presente contratación, estableciendo entre otros los requerimientos del servicio a contratar”.

Bajo ese presupuesto, mediante Resolución No. 516 del dos (2) de diciembre de 2014, la Alcaldía de Zipaquirá ordenó la apertura del Concurso de Méritos No 013 de 2014, el cual tiene como objeto: “Estudios y diseños para la restauración del teatro Mac Douall del municipio de Zipaquirá”. Así las cosas, con la Resolución No 569 del 24 de diciembre de 2014 se adjudicó el contrato a la Sociedad cundinamarquesa de Ingenieros.

En lo que compete a las cláusulas de derechos, deberes y obligaciones específicas del contratista encontramos lo siguiente: “Estos diseños deben ser elaborados de conformidad con las normas de construcción vigentes (estructura, eléctrico, hidrosanitario y demás estudios),debidamente firmados o rotulados por los profesionales facultados para este fin, quienes se harán responsables legalmente de cumplir con las condiciones estipuladas por Ministerio de Cultura para la intervención del inmueble de conservación”. Como lo podemos apreciar, se hace necesario en la elaboración del estudio de restauración cumplir con unas condiciones estipuladas por el Ministerio de Cultura al ser el teatro patrimonio de la nación.

También encontramos en la cláusula octava del contrato lo referente a la caducidad donde se manifiesta: “El municipio declarará la caducidad del presente contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la ley 80 de 1993, cuando se presente incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, el cual afecte de manera grave y directa su ejecución y amenace con su paralización (…)”. Un punto interesante porque aún no se entiende la causa por la cual no se hace efectiva.

En términos generales estos son apartados que cito del contrato de consultoría celebrado para el estudio y restauración del Teatro Roberto Mac Douall. Un contrato que fue suscrito, como arriba lo menciono, en diciembre del año 2014 y que a la fecha continúa siendo presa de prórrogas que terminan por evitar la suspensión de dicho contrato. Entre ellas haré referencia a las dos últimas celebradas: una del 24 del mes de abril de 2018, donde se pacta una nueva prórroga a la suspensión persona jurídica entre el representante legal de la Sociedad Cundinamarquesa de Ingenieros y la actual administración de Zipaquirá; y otra a los 25 días del mes de septiembre de 2018, donde se manifiesta de manera transversal lo siguiente: “Es de aclarar que debido a la complejidad de los estudios para que sean aprobados por esta entidad, se deberán tener los ajustes necesarios a los diseños arquitectónicos, estudios de suelos, diseños hidrosanitarios y eléctricos para ser entregados nuevamente al ministerios para su aprobación final con visto bueno por parte de Secretaria de Planeación”.

Es decir, por cuestiones de complejidad de los estudios se han requerido de tiempos adicionales. Aún con las prórrogas no se ha podido cumplir con los requisitos necesarios para la aprobación por parte del Ministerio de cultura y la Secretaria de planeación.

Ante esta situación cabe mencionar: ¿por qué la actual administración no declara el incumplimiento del contrato? Y ¿la firma de contratistas a la que se le adjudicó el contrato estaba capacitada para cumplir con el estudio?

Para cerrar, desde que el contrato fue suscrito estas han sido las adiciones realizadas:

Contrato de Consultoría 327 de 2014

Administrativos y las adiciones o prórrogas del contrato

a) Adición 1 del 30 de abril de 2015

b) Acta de suspensión del 16 de junio de 2015

c) Acta de reinicio del 15 de febrero de 2017

d) Prórroga 002 del 03 de marzo de 2017

e) Prórroga 003 del 30 de abril de 2017

f) Acta de suspensión del 25 de agosto de 2017

g) Acta de prórroga a la suspensión del 24 de abril de 2018

h) Acta de prórroga a la suspensión del 25 de septiembre de 2018

i) Acta de reinicio del 25 de octubre de 2018

 

 

 

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