Los riesgos jurídicos de Navarro de ser designado alcalde de Bogotá

Los riesgos jurídicos de Navarro de ser designado alcalde de Bogotá

Por: Camilo Andrés Mosquera
marzo 28, 2014
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Los riesgos jurídicos de Navarro de ser designado alcalde de Bogotá

El caso de Antonio Navarro Wolff es sui géneris y no estará exento de controversia jurídica en este país de abogados y tinterillos.

Antonio Navarro Wolff fue elegido en una terna para la designación de alcalde encargado de Bogotá, el problema es que él resultó electo por el Partido Alianza Verde para el Senado de la República.

Navarro en caso de ser designado se expone a varias situaciones jamás previstas en el ordenamiento jurídico actual:

1) Aunque Navarro Wolff en este momento es un simple ciudadano sin ninguna obligación o responsabilidad legal o constitucional, se podría decir que hay un germen de derecho, una expectativa y ahí está el grave problema para él.

El artículo 179 de la Constitución Política señala como causales de inhabilidad:

“Haber sido empleado público en el año anterior a la elección” Aunque dice claramente para la elección, Navarro estaría tomando posesión de un empleo público antes de posesionarse como Senador, lo cual es esguince de la ley, hay un vacío, que en mi opinión es un fraude a la ley. Las sanciones son taxativas y como señala que es para la elección pues nada que hacer, aunque no faltará el abogado que demande el decreto de su posible nombramiento.

Ese mismo artículo señala lo siguiente: “Ser elegido a dos o más corporaciones o cargos si los períodos coinciden, así sea de forma parcial”

Navarro ya fue elegido para el Senado, solo le falta posesionarse, sí es designado para la alcaldía de Bogotá y su encargo se extiende porque el Presidente no ha convocado a elecciones, a Navarro le tocaría renunciar y Bogotá tendría 4 alcaldes en menos de 6 meses y eso no es serio.

2) Navarro es designado Alcalde de Bogotá, asume el cargo, pero se extiende porque el Presidente de la República no ha convocado a elecciones, podría ocurrir otra situación, que Navarro este incurso en una causal de pérdida de investidura como señala la Constitución en su artículo 183 “No tomar posesión del cargo dentro de los ocho días siguientes a la fecha de instalación de las Cámaras, o a la fecha en que fuere llamado a posesionarse,“

3) En caso de ser designado Navarro Wolff, y digamos que todo le sale bien, este estaría en la alcaldía representando a Progresistas y luego se posesionaría como Senador en representación de Partido Alianza Verde de la que hace parte Progresistas. Es una situación única pues Navarro representaría a varios partidos o movimientos políticos, siendo de uno solo. Yo lo llamaría una dicotomía de partido.

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