Todos recuerdan aquel fatídico viernes 31 de marzo de 2017, a las 11:30 de la noche, cuando Mocoa fue sorprendida por la creciente de varias quebradas y de los ríos Mulato, Mocoa y Sangoyaco. La avalancha acabó con la vida de 290 personas, dejó heridas a 332 más, afectó 1.518 familias y produjo la desaparición de aproximadamente 200 habitantes, según Reporte General 001 del 4 de abril de 2017 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
Debido a esta tragedia el Gobierno Santos inició obras para la reconstrucción de Mocoa e incluyó el proyecto Reconstrucción del sistema de acueducto de Mocoa, debido a que el mismo sufrió daños irreparables, tanto en sus redes de distribución como en los puntos de captación y almacenamiento.
En este proyecto, según certificación de presencia de comunidades étnicas No 01004 de 27 de septiembre de 2017 expedida por la dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, en cabeza del Dr. Jorge Eliécer González Pertuz, se contemplan obras de infraestructura para almacenamiento y conducción del líquido vital ubicadas dentro del territorio del Resguardo Inga de Mocoa, constituido mediante resolución No. 0027 del 10 de abril de 2003.
Y ahí, quizás, empezó la verdadera tragedia, ya que el Ministerio del Interior determinó que al resguardo en mención le asiste el derecho fundamental a la consulta previa, por tanto el pueblo indígena será quien tome la decisión si este proyecto es viable o no, ya que afecta su territorio, según manifestación del director de Consulta Previa.
¿Pero qué es el agua? Google la define así: “El agua es el líquido más abundante en el planeta Tierra, y a la vez una sustancia fundamental para la vida de las personas y de todos los seres vivos". ¿Y qué dice la Corte Constitucional? En Sentencia T-740 de 2011 manifiesta que: “el agua se considera como un derecho fundamental" y, se define, de acuerdo con lo establecido por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como “el derecho de todos de disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal o doméstico”.
Con eso en mente, el agua se erige como una necesidad básica, al ser un elemento indisoluble para la existencia del ser humano. Además, el agua en el ordenamiento jurídico colombiano tiene una doble connotación pues se erige como un derecho fundamental y como un servicio público. En tal sentido, todas las personas deben poder acceder al servicio de acueducto en condiciones de cantidad y calidad suficiente y al Estado le corresponde organizar, dirigir, reglamentar y garantizar su prestación de conformidad con los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad”.
Pues bien, en enero de 2018 la dirección de Consulta Previa realizó reuniones con el Resguardo Inga de Mocoa y la Alcaldía Municipal de Mocoa, representada por la empresa Aguas Mocoa S.A., en las que las partes acordaron, como consta en acta del 05 de enero de 2018, una ruta metodológica para iniciar el proceso de consulta previa por valor de ciento treinta millones de pesos ($130.000.000), los cuales deben pagar la empresa Aguas Mocoa y el Ministerio.
Y pese a que esta suma de dinero exigida por los indígenas ya fue cancelada, las reuniones de consulta previa aún no se renuevan ya que como acuerdo las comunidades deben presentar los estudios que comprueben si están o no afectados por la ejecución de este acueducto para el municipio de Mocoa.
Este fin de semana nuevamente fuertes lluvias en Mocoa (Putumayo) causaron la creciente de los ríos Mocoa, Mulato y Sangoyaco, provocando una nueva emergencia en esta población, y el pueblo aún sigue sin resolver el tema de su acueducto que brindaría tan preciado líquido a todos sus habitantes.
Este es uno de los tantos inconvenientes que deberá resolver el Gobierno Duque frente a las exigencias de las comunidades indígenas versus los derechos de todos los ciudadanos a este líquido vital.