El trasfondo de la reforma pensional que se avecina

El trasfondo de la reforma pensional que se avecina

Además del déficit público, derivado de la creación de los fondos individuales de pensiones, existen otras condiciones que hacen del panorama poco alentador

Por: Armando Enrique Arias Pulido
agosto 08, 2018
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El trasfondo de la reforma pensional que se avecina
Foto: Pixabay

Desesperados andan por estos días los propietarios de los fondos individuales de pensiones ante la migración masiva de sus afiliados hacia el Régimen de Prima Media (RPM). Esto afecta sus astronómicas utilidades ($27,1 billones en 2017), a cambio de las cuales reconocen pírricas pensiones, la gran mayoría de las cuales no sobrepasa el salario mínimo: en 2017 el 81,4% de los afiliados al régimen individual cotizó entre 1 y 2 salarios mínimos[1], lo cual significa que 8 de cada 10 afiliados a duras penas lograrán una mesada pensional equivalente a un salario mínimo.

Se calcula que durante 2016 y 2017 se han trasladado más de 270.000 afiliados de los fondos privados. Por eso, a través de sus voceros (algunos de los cuales irónicamente cotizan al RPM), tratan de forzar una nueva reforma pensional que permita marchitar el RPM y prohibir nuevos ingresos y traslados a éste, argumentando, entre otros aspectos igualmente debatibles, la existencia de un amplio déficit de las finanzas públicas proveniente del alto costo de las pensiones y la baja cobertura del régimen pensional público. Se trata nada más ni nada menos que de privatizar totalmente las pensiones.

Desde el punto de vista del déficit, nada más lejano de la realidad. Es con la creación de los fondos individuales de pensiones mediante la Ley 100 de 1993 que el déficit público se amplió. Según el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2011 el déficit del sector público no financiero que en 1990 ascendía al 0,59% del PIB creció a 2010 a 3,5%[2]. En 2016 ese déficit fue de 3,4%[3].

Este crecimiento se explica porque los fondos privados sustrajeron gran cantidad de aportantes al RPM. Se les trasladaron recursos inmediatos sin que tuvieran que pagar obligaciones en el corto plazo (83% de los afiliados tiene menos de 44 años), dejando al ISS con menos recursos para atender las obligaciones de sus propios pensionados y de aquellos afiliados que exigirían su pensión en el corto y mediano plazo. “Naturalmente si al régimen público se le restan afiliados, es decir ingresos, mientras se queda con los gastos y especialmente con aquellos afiliados que ya están devengando sus pensiones, las perspectivas del sistema público no pueden ser boyantes.  Los Estados Unidos y el mundo tienen que recordar que la privatización del sistema de pensiones argentino estuvo en el centro de sus recientes desdichas fiscales”[4].

Frente al intento del gobierno estadounidense de privatizar las pensiones, Joseph Stiglitz (Nobel de Economía) sostuvo que “la privatización no protegería a los jubilados de la insolvencia del sistema de seguridad social; solamente aumentaría el enorme déficit fiscal actual, porque las privatizaciones parciales requieren que se destine dinero que se habría utilizado para cerrar la brecha entre los gastos y los ingresos gubernamentales hacia fondos privados”.

En cuanto al costo de las pensiones, en nuestro país no es de tal magnitud que pueda catalogarse como una “bomba” que desestabilice las finanzas públicas en un corto o mediano plazo. Esta afirmación del ministro de Hacienda actual se sustenta en cifras: durante los últimos años Colombia ha dedicado alrededor del 3,5% del PIB para el pago de pensiones mientras que otros países como Italia, Portugal y Austria algo más del 14%, Dinamarca y España más del 12%, Polonia y Chipre más del 10%, Islandia y Luxemburgo más del 8%, Letonia y Lituania más del 6%, Irlanda más del 4%. También es sabido que Grecia ha llegado a pagar 14.5% del PIB en pensiones y Brasil el 12%.

En el tema de la cobertura los fondos privados no salen bien librados. Después de 24 años de operación, con un ahorro acumulado de $227 billones y 14,9 millones de afiliados apenas han pensionado a 130.000 personas. Contrario a lo que pregonan algunos tecnócratas mensajeros de los fondos, en Colombia el sistema que protege en su vejez a más colombianos es el público: Colpensiones cubre a 1,3 millones, es decir, el 59% de los 2,2 millones de pensionados que hay actualmente en el país. El resto corresponde a regímenes especiales —defensa y magisterio— 21% y a FOPEP 15% [5]. De acuerdo con esto, los fondos privados estarían pensionando tan sólo el 5% restante.

Amén de lo anterior, vale la pena traer a colación algunos otros aspectos sobre los cuales el colombiano corriente debe meditar con el fin de que cuando llegue a la vejez pueda contar con recursos que por lo menos le sirvan para cubrir sus necesidades básicas:

  • Para obtener una pensión de salario mínimo en un fondo privado el capital mínimo que se necesita es de $180 millones, pero el ahorro promedio actual es de tan sólo $15,4 millones [6]. Esa diferencia por no ser cubierta por el fondo deberá asumirla el Estado con recursos propios. Surge entonces la pregunta ¿vale la pena cotizar en un fondo que no le garantiza la totalidad de la pensión?
  • Sobre $227 billones en ahorros pensionales reportados para todo el 2017 los fondos obtuvieron rendimientos por $27,1 billones, es decir, más del 11,9%, mientras que el rendimiento para sus afiliados fue superior a la inflación de 4,09%[7]. ¿Qué justifica que los fondos se queden con la diferencia de 7,81%?. Además, con el volumen de ahorros pensionales mencionados en manos de privados ¿se justifica una nueva reforma pensional?.
  • Los montos cobrados por comisiones de administración están siendo seriamente cuestionados por que se encuentran por encima de los topes establecidos por la ley.
  • Los ahorros pensionales en el régimen privado están expuestos a la volatilidad de las divisas extranjeras y a las crisis del sector financiero mundial. El Banco de la República señaló que entidades como las administradoras de fondos de pensiones y las comisionistas de bolsa podrían ser las más afectadas por choques adversos en los mercados financieros. En un reporte semestral de estabilidad financiera sostiene que “(…) el aumento del riesgo al que están sometidas todas las entidades financieras del país por efectos del nerviosismo reciente de los mercados mundiales que ha costado enormes pérdidas. Razón no le falta si se tiene en cuenta que las utilidades de los fondos administrados, es decir, el dinero que tienen los afiliados a las entidades financieras, tuvieron un desplome sustancial en los primeros ocho meses del año, al ubicarse en cerca de 2,7 billones de pesos, es decir, 14,3 billones menos que en igual periodo del 2010”[8].

No es el único desplome. Recientemente, en febrero de 2018 se hizo evidente el malestar que los cotizantes a pensión tenían por cuenta de las cifras negativas en sus rendimientos del ahorro para la vejez: una pérdida de $2,25 billones en los rendimientos de pensiones obligatorias, por cuenta del comportamiento de los mercados de renta variable a nivel global que registraron variaciones negativas durante el mes. En Colombia, el Colcap tuvo una variación de -5,1 % y a nivel global el S&P -3,9 %, Dow Jones -4,3 % y Eurostoxx -4,7 %[9].

  • No se puede negar que cada vez hay más adultos mayores pensionándose y menos jóvenes cotizando, lo cual afecta negativamente el Régimen de Prima Media. Pero afecta en mayor medida al régimen de ahorro individual en razón a que el ciudadano deberá ahorrar más para financiar más años de pensión para su vejez.
  • Con el Decreto 816 del 2014 el Gobierno nacional allanó el camino para que las administradoras privadas del ahorro pensional de los colombianos (AFP) financien a los concesionarios que construyan vías de Cuarta Generación (4G) mediante la figura de compra de cartera, esto es, que aquellos cambian la deuda contraída con bancos en el corto plazo por una obligación a un término mayor con un fondo privado de pensiones.[10]

Tamaña jugada. Los grupos financieros, propietarios de los fondos de pensiones y simultáneamente concesionarios de las obras, con los recursos de las pensiones por cuya administración cobran altas comisiones, construyen vías por las cuales reciben ingresos por los peajes correspondientes. Los bajos intereses que pagan por los préstamos ingresan a los fondos de pensiones como rendimientos incrementando el saldo del ahorro pensional y generando nueva cuota de administración. En resumen: el ahorrador está pagando por la administración de unos recursos suyos que están siendo utilizados para generarle utilidades a un tercero que le está cobrando por administrarlos. Además, si las obras fracasan o concluyen en pleitos judiciales, no es claro quién responde por los ahorros invertidos. “Win-Win” exclusivo para el concesionario.

Un ejemplo ilustra mejor esta jugada. Un grupo financiero decide ser concesionario de una vía 4G. Para ello requiere recursos que consigue como préstamo de un banco (de su propiedad). Como el Decreto lo autoriza, le solicita al fondo de pensiones (también de su propiedad) que compre su deuda con el banco a menor tasa de interés. El fondo la compra con los recursos de los ahorradores a los cuales les está cobrando una cuota por su administración. Una vez construida la vía comienza a recibir ingresos por concepto de peajes, que en el mediano o largo plazo superan ampliamente el capital invertido y los intereses pagados por el grupo. El fondo a su vez viene recibiendo los intereses por el préstamo, de los cuales se apropia de una parte y otra la traslada a sus ahorradores por concepto de rendimientos. Estos incrementan el valor de los ahorros sobre los cuales el fondo cobra una nueva cuota de administración. Por todo lado está recibiendo ingresos el grupo financiero y por todo lado está pagando administración el ahorrador.

Esta situación además de generar un claro conflicto de intereses es inconstitucional, por cuanto, de un lado, los grupos financieros estarían negociando con ellos mismos (yo con yo) y, de otro, se estaría vulnerando el artículo 48 de la Carta Política que prohíbe expresamente destinar recursos de la seguridad social a menesteres diferentes:

“Artículo 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. (…). No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella. (…)”. (resaltado no es de texto original).

[1]  Rentabilidad de fondos de pensiones llegó a $27 billones en 2017.

[2]  El Nuevo Siglo. ¿Reforma pensional o ampliación de negocios al capital financiero? Enero 29 de 2012.

[3]  ¿Qué es el Balance Fiscal del Sector Público No Financiero?

[4]  Para que la vejez sea menos segura

[5]  Se quieren devorar nuestras pensiones

[6]  Ibidem

[7]  Rentabilidad de fondos de pensiones llegó a $27 billones en 2017

[8]  Pensiones son las más expuestas a turbulencia internacional

[9]  ¿Qué pasó con el ahorro pensional en los privados?

[10]Fondos de pensiones financiarán las vías 4G solo sí es rentable: Asofondos

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