La poca cautela de los que se oponen a las medidas de la CIDH para Petro

La poca cautela de los que se oponen a las medidas de la CIDH para Petro

Por: Luis Camilo Donoso
enero 29, 2014
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No ha sido de muy buen recibo la actitud de unos compatriotas de armar un movimiento para presionar a la CIDH contra Petro. El Dr. Jaime Castro es el adalid de dicha causa, cuenta con una ilustre representación entre sus miembros y han tocado hasta la puerta de la sede en Washington para pedir, suplicantes, que “por favor”, no concedan medidas cautelares a Gustavo Petro.

1. El primer argumento es que dicha Comisión no tiene competencia para otorgar medidas cautelares de obligatorio cumplimiento. Aún más: si bien la Comisión puede hacer “recomendaciones”, estas no son obligatorias ni vinculantes para el Estado.

Comentario. Si la CIDH no tiene competencia ¿a qué fueron por allá? Además, el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Humberto Sierra Porto, declaró a EL ESPECTADOR (27/01/14) que “las medidas cautelares sí son de obligatorio cumplimiento”.

2. Alegan que las medidas solamente pueden otorgarse cuando se han agotado los recursos internos, a menos que no existan o sea imposible agotarlos.

Comentario. Petro no tiene garantías de justicia en Colombia porque la jurisprudencia criolla más próxima en estos asuntos, caso Piedad Córdoba, del máximo organismo, Corte Constitucional, va en contravía de la jurisprudencia del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

3. Mencionan que las cautelares solo deben adoptarse en casos de "extrema gravedad y urgencia", una condición más referida a la vida o integridad física de una persona que para proteger a un Alcalde al que se le sancionó por una falla disciplinaria.

Comentario. Los Derechos Humanos son de obligatorio e inmediato cumplimiento y protección.

4. Una decisión favorable de la CIDH podría provocar un "desbarajuste institucional" de enormes proporciones.

Comentario. La persistente y sistemática violación de los Derechos Humanos en Colombia es un verdadero desbarajuste constitucional.

5. Que conceder las medidas iría "en abierta contra vía" de la Constitución Política de 1991, donde se concedieron estos poderes al Procurador.
Comentario. Afirmar que la Convención Americana de Derechos Humanos iría en contravía de la Constitución Política de 1991 es un insulto y una vergüenza nacional e internacional.

CONCLUSIÓN. No fueron suficientes los omnímodos poderes del señor Procurador. Se hizo necesario, además, una comisión de notables que tocara a las puertas de la CIDH para golpear a Petro con mayor dureza. Esa democracia que defienden ellos es la que destituye y decreta la muerte política a un fuerte adversario político con argumentos babosos, como una basura que se regó. Basura es la que están regando ellos, antidemocráticos y sembradores de odio.

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