La Asamblea Constituyente Universitaria presentó ante el Consejo Superior, en diciembre de 2015, una propuesta de Estatuto General que, luego de ajustes de orden técnico-jurídico y de viabilidad, fue radicado nuevamente en diciembre de 2017. Con esta propuesta de nuevo estatuto se busca reformar la universidad, mediante un ejercicio institucional de participación que la Universidad Distrital adoptó [1] en ejercicio de la autonomía universitaria. Este proceso es, en sí mismo, un avance en la consolidación de una democracia participativa en la UD. Sin embargo, para pasar de la propuesta a la expedición, y sobre todo a la aplicación, es necesario lograr un despliegue real de la autonomía universitaria, lo que implica que la comunidad universitaria se empodere y participe efectivamente en las decisiones que afectan la vida universitaria y se consolide una cultura institucional de autorregulación y autodeterminación, propias de los entes universitarios autónomos.
Así, entendiendo que para el desarrollo de la autonomía universitaria se requiere consolidar condiciones que paulatinamente fortalezcan la cultura de la participación democrática y a la vez liberen los escenarios de decisión de las interferencias e intereses externos, en esta propuesta se desarrollan importantes aspectos como: asamblea universitaria, elección de decanos, revocatoria de elegidos, claustros de profesores, consejos estudiantiles, valorización del voto de la comunidad para elegir al rector, nueva estructura académica en torno a escuelas, facultades, centros e institutos, y organización de la administración en torno a sistemas de gestión. Todo lo anterior en el marco de la autonomía universitaria entendida como la capacidad de autorregularse y del empoderamiento de la comunidad universitaria para la participación en la toma de decisiones en todos los ámbitos y niveles de desarrollo de la universidad. Esperamos ansiosamente que esta nueva “Comisión de revisión de reforma” que ha nombrado el Consejo Superior para estudiar el documento y recomendar su aprobación respete lo que allí se ha construido a lo largo de los últimos cuatro años por parte de la comunidad y por mandato del mismo CSU.
[1] Hoja de Ruta Metodológica. Resolución CSU 018 de 2014.