¿Qué tanta legitimidad tendrán las 10 curules de la Farc?

¿Qué tanta legitimidad tendrán las 10 curules de la Farc?

A pesar de su presencia fija en el Congreso la Farc se medirá en las urnas, los resultados que obtengan darán cuenta de si tienen o no representatividad electoral

Por: Fredy Alexánder Chaverra Colorado
marzo 07, 2018
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¿Qué tanta legitimidad tendrán las 10 curules de la Farc?
Foto: Farc

El próximo 11 de marzo, tras 53 años de confrontación armada, la desmovilizada guerrilla de las Farc se medirá por primera vez en una contienda electoral. A pesar de las serias dificultades en el proceso de implementación del acuerdo de paz y el preocupante incremento en el asesinato de líderes sociales; el 11 de marzo se celebrarán las primeras elecciones legislativas sin la presencia de las Farc alzada en armas y ahora presentes en el tarjetón como el partido de la rosa. Un partido que ya tiene 10 curules garantizadas en el Congreso, cinco en Cámara y cinco en Senado, como resultado del compromiso pactado en La Habana en el punto de reincorporación política. A pesar de su presencia fija en el Congreso la Farc se medirá en las urnas y así podremos responder las siguientes preguntas: ¿cuántos votos tiene la Farc?, ¿en qué territorios lograron convertir su base social en fuerza electoral? y ¿dónde podrán concentrar sus esfuerzos para las elecciones locales de 2019? Sin embargo, hay otra pregunta que ameritará una reflexión más tranquila luego de conocer sus resultados en las urnas: ¿qué tanta legitimidad tendrán sus diez curules?

Para responder a la anterior pregunta considero adecuado analizar la participación directa de la Farc en el Congreso desde dos perspectivas: la legitimidad institucional y la legitimidad electoral. Desde la primera, se entiende que las 10 curules forman parte del acuerdo que se pactó con el Gobierno en La Habana y que refrendó el Congreso. Tras la refrendación se tramitó una reforma que constitucionalizó la participación política de la Farc en el Congreso en un periodo de transición de ocho años, es decir, el acto legislativo 03 de 2017 que actualmente se encuentra en proceso de revisión por parte de la Corte Constitucional. Hasta ahí la explicación en cuanto a legitimidad institucional (razonabilidad según Bobbio). Sobre ello se pueden presentar muchas objeciones: la victoria del no en el plebiscito y la refrendación “pirata” del Congreso. Sin embargo, hay una visión institucional coherente frente a las curules de la Farc: el Gobierno renegoció el acuerdo tras la victoria del no, el Consejo de Estado le dio tranquilidad a los congresistas para refrendarlo, la Corte Constitucional le dio luz verde al fast track y el Congreso aprobó con las mayorías justas el acto legislativo 03. No hay discusión que desde una perspectiva institucional esas curules son absolutamente legitimas.

Por otro lado, con la segunda perspectiva me refiero al respaldo político y electoral que tendrán esas 10 curules. Al estudiar los procesos de negociación con grupos guerrilleros que se han dado en occidente, especialmente con el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) en El Salvador y con la Unidad Nacional Revolucionaria Guatemalteca (UNRG) en Guatemala, se puede apreciar que estos grupos no establecieron en sus respectivos acuerdos de paz periodos de transición o participación directa en el Parlamento. ¿Por qué las Farc y el Gobierno sí lo acordaron? Se ha mencionado que posiblemente fue una medida de reparación por el asesinato de ocho congresistas de la Unión Patriótica o como una oportunidad para que el Partido que surgiera de las Farc pudiera contar con un tiempo prudente para establecerse como una institución sólida. Se entiende que hubo un respaldo político a esas 10 curules por parte de los partidos que votaron favorablemente la reforma que las creó y que el cuestionamiento sobre las mismas se podría plantear más en el plano electoral. ¿Cómo entender una victoria o un posible fracaso electoral de la Farc en su primera aspiración al Congreso?

Si la Farc no supera el umbral que les permita tener como mínimo tres o cinco senadores la legitimidad electoral de sus congresistas se podría ver cuestionada. ¿De cuántos votos estamos hablando? Esto depende de la votación válida el próximo 11 de marzo, se calcula que para Congreso podrían votar entre 14 o 15 millones de ciudadanos, si los votos válidos (se excluyen nulos y no marcados) para establecer el umbral se determina sobre 14 millones, los partidos van a necesitar cerca de 400 mil votos para ingresar a la cifra repartidora y empezar a sumar escaños. La Farc no necesitará de esto para conservar su personería jurídica o para ingresar los cinco primeros renglones de su lista cerrada al Senado; sin embargo, una votación cercana o superior podría darles representatividad electoral y darle a entender a la opinión pública que realmente no necesitan de las curules del acuerdo para establecerse como una fuerza política viable. Por el contrario, una votación más baja, por el orden de los 100 o 150 mil votos sí podría generar cierta incomodidad en algunos sectores que seguramente cuestionarán la representatividad de sus 5 senadores. Sin lugar a dudas será un pulso importante para la exguerrilla en la vida democrática.

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