¿Quién condena el 'terrorismo' de WhatsApp?

¿Quién condena el 'terrorismo' de WhatsApp?

Frente a los últimos hechos de inseguridad, tanto en el país como en Bogotá, se han propagado cada vez más cadenas falsas que generan zozobra en la ciudadanía

Por: Anibal Palacios Herrera
febrero 01, 2018
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¿Quién condena el 'terrorismo' de WhatsApp?

El 31 de enero, una nota de voz anónima empezó a circular por las redes diciendo que había amenaza de bombas en la ciudad de Bogotá. Esta situación generó zozobra en la ciudadanía e incluso obligó a algunas entidades a iniciar protocolos de seguridad para evitar ser victimas del terrorismo. Esta nota, sin embargo, provenía de un hombre de escasa educación y que en ningún momento se identifica, sino que advierte sobre la situación, para luego iniciar una campaña política fundada en miedo, terror y odio, en la que da a entender que todos los partidos políticos que sean de centro o izquierda apoyan al terrorismo.

Ahora bien, sin importar la postura política se debe dar por entendido que este tipo de situaciones le generan un costo a la ciudad. Esto debido a que las entidades incurren en costos innecesarios de protocolos de seguridad, así como el comercio, el ocio y el entretenimiento se ven afectados, debido a que la ciudadanía por terror prefiere no salir de sus domicilios. Por esta razón no se puede permitir que un irresponsable genere miedo e inseguridad anónimamente, ya que por este comportamiento puede ser condenado por terrorismo.

El Código Penal define en su artículo 343 el delito de terrorismo como:

El que provoque o mantenga en estado de zozobra o terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o las edificaciones o medios de comunicación, transporte, procesamiento o conducción de fluidos o fuerzas motrices, valiéndose de medios capaces de causar estragos, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a doscientos setenta (270) meses y multa de mil trescientos treinta y tres punto treinta y tres (1.333.33) a quince mil (15.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin perjuicio de la pena que le corresponda por los demás delitos que se ocasionen con esta conducta.

Si el estado de zozobra o terror es provocado mediante llamada telefónica, cinta magnetofónica, video, casete o escrito anónimo, la pena será de treinta y dos (32) a noventa (90) meses y la multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Es decir que quien inició esta falsa noticia podría ser condenado por más de 7 años de prisión, ya que lo hace mediante una grabación anónima, pero muy efectiva en cuanto a causar terror y zozobra en la ciudad se trata.

La invitación entonces es a no difundir este tipo de mensajes que generan grandes costos a la ciudad y por los que se pueden incurrir en delitos y generar penas privativas de la libertad por el delito de terrorismo. Solo siendo drásticos con estas situaciones se podrán tener unas elecciones tranquilas y ponerle freno a la maratón de falsas noticias que está por iniciar.

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