Nuevo Código Nacional de Policía o la dictadura de los tombos

Nuevo Código Nacional de Policía o la dictadura de los tombos

Los derechos civiles elementales temblarían con la nueva medida. En Colombia hay dudas, rumores y temor

Por: Alexander Castillo Higuera
enero 30, 2017
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Nuevo Código Nacional de Policía o la dictadura de los tombos

Ya entra en vigencia la ley 1801 de 2016, impulsada por el Ministerio de Defensa Nacional, la cual reemplazará al arcaico Código de Policía de 1970. A pesar de la necesidad de actualizarlo y adaptarlo al actual contexto nacional, lejos del panorama que se vivía en aquel entonces, era ineludible también hacerlo respetando los principios constitucionales, los derechos de la ciudadanía y teniendo en cuenta el alto índice de corrupción presente en la institución policial.

Gran parte de esta norma, redunda en medidas abusivas y desproporcionales, dotando de grandes poderes a una entidad que si bien es indispensable para la salvaguarda de nuestros derechos y libertades, igualmente debe ser reformada y adaptada al servicio de la población colombiana. Acá algunos ejemplos:

Multas económicas o de servicio social: si bien es adecuada una sanción por infringir reglas tan básicas como recoger el excremento de una mascota o sobrepasar el volumen permitido para una rumba, es inadecuado y hasta peligroso mezclar castigos económicos y la policía colombiana, donde muchos (no la mayoría) de sus miembros son señalados por solicitar dinero a cambio de no cumplir su labor.

Al respecto el Coronel Hernán Meneses, abogado de la Policía metropolitana de Bogotá, asegura que estas sanciones estarán a cargo de inspectores, más no de uniformados, ignorando que en el caso de los comparendos de tránsito estos son cobrados por instituciones civiles, sin esto impedir la corrupción en varios de los policiales.

Penetración en propiedad privada sin autorización judicial: se permite según este código el acceso de agentes a cualquier propiedad sin autorización judicial en casos especiales, ignorando la cantidad de abusos cometidos por la fuerza pública en casos como por ejemplo la “Operación Orión” en la Comuna 13 de Medellín, donde muchos fueron desaparecidos o apresados sin las garantías procesales.

Requisas: no se establece un procedimiento o perfil para los requerimientos por parte de policías, lo cual se traduce en más discriminación por parte de estas instituciones al basarse en estereotipos clasistas y sesgados para estos requerimientos. Para quienes lo duden les dejo este vídeo de la revista Semana que abrió el debate hace dos años: https://goo.gl/1Z1rFi

Traslado por “protección”: esta medida viola el derecho a la libertad, el debido proceso y el principio de legalidad, al tratar como mecanismo de protección un procedimiento abiertamente arbitrario y abusivo. Además tiene un tinte desmedido cuando abre la posibilidad para que los menores sean trasladados a sitios destinados para tal fin por autoridades regionales.

Recuperación de espacios públicos: se permite el uso de la fuerza para recuperar espacios públicos en casos de ventas ambulantes o shows callejeros, llegando incluso a dar autorización para la destrucción de mercancía o instrumentos personales, lo cual afecta de sobremanera el derecho al trabajo al no ofrecer una reubicación o solución alternativa laboral, al mismo tiempo que afecta el patrimonio personal de esas personas.

Protesta social: esta ley contempla que las manifestaciones públicas deben ser autorizadas por las entidades respectivas y deben tener por mínimo la identificación de tres (3) miembros, lo cual puede ser peligroso y hasta estúpido en un país donde a quien se manifiesta de manera democrática y pacífica se le acusa de guerrillero y se le cobra su pensamiento con la vida. Adicionalmente, permite la intervención de fuerzas militares para dispersar a los inconformes, una postura autoritaria y abiertamente inconstitucional.

Varios apartes de esta Ley han sido demandados ante la Corte constitucional por distintos grupos entre los que destaca Dejusticia, la bancada del Polo Democrático Alternativo y la representante Ángela María Robledo de Alianza Verde e incluso, la Procuraduría General de la Nación.

Como vemos este Código cierra las puertas a la democracia, abogando por un modelo anacrónico y opresor, donde los derechos ciudadanos son sólo un mamotreto de artículos sin sentido ni validez, llegando a sobrepasar los límites en una nación donde cada vez más se hace evidente la enorme red de corrupción en las instituciones, no siendo esta una falla del sistema, sino el sistema mismo.

@Alex_Castillo_H

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