Analizando la pasada intervención el 28 de mayo en el sector conocido como el Bronx o la “L” en Bogotá, y al cabo de cuatro meses de su ejecución, resulta notoria la elaboración y publicación de diversos tipos de análisis y puntos de vista a través de medios de comunicación como los televisivos, escritos o incluso mediáticos, mediante Internet y las redes sociales, mas sin embargo poco o nada en cuanto a cómo ver este problema desde el concepto de la nueva gestión pública como un modelo de administración mucho más eficiente y eficaz en la teoría.
Bajo este concepto es pertinente puntualizar las características fundamentales de la nueva gestión pública, su relación con las acciones ejecutadas en el Bronx y además aproximar en perspectivas generales del ¿Por qué? esa nueva manera de administración no es tan eficaz para nuestro contexto y nuestra sociedad sin una buena dirección y puesta en práctica.
Decir que la nueva gestión pública es un modelo de administración mucho más eficaz y eficiente a partir del enfoque neo público y neo empresarial es válido, ya que representa la manera como estos dos enfoques modifican la administración burocrática y todos los problemas que esta presento en su momento, es decir, la nueva gestión pública permite dividir toda la organización jerarquizada y cerrada para formar un diseño empresarial (enfoque neo empresarial) con subdivisiones que optimizaran cualquier servicio que demandara el ciudadano, por otro lado potencializo nuevos servicios públicos en cuanto a las diversas externalidades de la sociedad e impulso la regulación, el concepto de ciudadano y valores relacionados con la ética pública y de la cosa pública. Estas últimas tres características relacionadas notoriamente con la intervención en el Bronx:
- Impulsar la regulación: pues lo que se quería inicialmente era acabar con el monopolio delictivo y de expendió de drogas más grande de la ciudad que en anteriores administraciones o se calmó con acciones blandas o simplemente con darle la espalda, aunque en esta oportunidad es solo el distrito como un todo auto suficiente el que regula este problema y no va más allá de sus secretarias y fuerza pública distrital y nacional, problemática que choca de frente con el Estado relacional que plantea el reparto de tareas entre Estado, mercado o sector privado y fundamentalmente la sociedad civil que como consecuencia no asume un papel de corresponsabilidad y provocaría los recientes problemas respecto al rechazo y desplazamiento en varios puntos de la ciudad de los habitantes de calle, pues la alcaldía no planteo pos desalojo de la calle de la "L" como en parte la solución también se podría dar en la colaboración que asumiera la sociedad activa en el rol de promover y garantizar como mínimo la inclusión social de los ciudadanos habitantes de calle.
- El concepto de ciudadano: esto en correlación con los cuatro primeros ítems (a. Dignidad humana, b. Autonomía personal, c. Participación social, y d. Solidaridad) que plante la ley 1641 de 2013 en su artículo 5 respecto a los principios de la política pública social para habitantes de calle, fundamentales en la solución del problema, en principio características relacionadas con la corriente neo publica de acuerdo con reforzar el concepto de ciudadano para así mismo recrear la legitimidad de la propia administración pública que se percibía débil por sus tibias mediadas aun conociendo la magnitud del problema que afrontaban y no socializarlo
- Valores relacionados con la ética pública y la cosa pública: ya que una de las banderas de la campaña Bogotá mejor para todos fue mejorar la seguridad capitalina, por su puesto un problema relevante para la sociedad pero que con la política de intervención en el Bronx no garantizo algunos componentes de las políticas públicas direccionadas a esa población en especifica, pues en primera instancia acciono a favor de la atención integral en salud a los habitantes de calle y en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) protegió a los menores de edad en su condición de población vulnerable, pero por otro lado descuido aspectos de esas políticas públicas tan importantes como la movilización ciudadana y redes de apoyo social, responsabilidad socio empresarial en la formación para el trabajo y la generación de ingresos, y principalmente la convivencia ciudadana tan trastabillada en estos días con la re ubicación provisional de los habitantes de calle en diversos puntos críticos de la ciudad, porque además también el artículo 11 de la ley ya mencionada anteriormente proscribe y cito textualmente, “Articulo 11. Corresponsabilidad. La política pública social para habitantes de calle y los servicios sociales deberán generar estrategias, mecanismos y acciones de corresponsabilidad entre la sociedad, la familia y el Estado para disminuir la tasa de habitabilidad en calle”, articulo mal puesta en la práctica y poco tenido en cuenta por la política de intervención pasada.
Con todo lo anteriormente planteado, es pertinente enfatizar que lo eficaz y eficiente de la nueva gestión pública, en teoría, está muy bien planteado pero en la práctica de nuestro contexto Latinoamericano y, en este caso, puntualmente el colombiano está mal direccionado, más aun cuando las condiciones para implementar la nueva gestión pública no están del todo dadas en el sentido de no tener claro un modelo de Estado estable para, así mismo, implementar una nueva forma de gestionar. Finalmente, también cabe la posibilidad de creer que nuestro contexto, entendido como carente de una cultura organizativa, con una precaria socialización de valores y por si fuera poco una pésima percepción de la ética pública, no son tierra fértil tanto en el nivel público y privado para lograr trasladar a la sociedad esas tres condiciones a favor de implantar la nueva gestión pública en los países Latinoamericanos, específicamente en Bogotá – Colombia
@Juesmero