El misil contra la carrera presidencial de Vargas Lleras

El misil contra la carrera presidencial de Vargas Lleras

El fallo del Consejo de Estado que sacó de su cargo a la gobernadora de La Guajira puede anular por anticipado la aspiración suprema del Vicepresidente

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junio 09, 2016
El misil contra la carrera presidencial de Vargas Lleras
Foto: archivo Presidencia

Hay algo absolutamente claro para todo el mundo en la impredecible política colombiana: Germán Vargas Lleras aspirará a la Presidencia en 2018. Para ello y por ello casi que diariamente los colombianos se encuentran con notas informativas en donde Vargas sale –con casco de obrero– inaugurando alguna obra en cualquier parte del país. Por ello y para ello su partido, Cambio Radical, avanza en la conquista de plazas principales como la alcaldía de Bogotá. Por ello y para ello, el Vicepresidente guarda estratégico silencio sobre su posición frente al proceso de paz del gobierno Santos con las Farc.

En buena medida, es también por esa segura aspiración presidencial que Cambio Radical está siendo blanco de duras críticas de otros sectores políticos tras la destitución de la cuestionada gobernadora de La Guajira Oneida Pinto, quien llegó al cargo con aval del partido del vice. El Consejo de Estado, con una nueva jurisprudencia, la sacó por inhabilidad con un fallo que no admite recurso alguno. La decisión produjo una polvareda política que ha intentado capotear el Representante Rodrigo Lara, presidente de Cambio Radical, quien aseguró en emisoras radiales que se desveló leyendo la sentencia.

Pero si la destitución de Pinto ha sido la gran comidilla, el efecto colateral del fallo podría ser un misil de gran alcance: si se aplica a nivel nacional el argumento con que se descabezó a la mandataria departamental, el Consejo de Estado estaría anulando por anticipado la aspiración suprema de Germán Vargas.

El alto tribunal tumbó la elección de Pinto porque no se ajustó a la ley 617 de 2000, según la cual el gobernante no podrá “Inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular durante el período para el cual fue elegido”, es decir, cuatro años. Esa norma estaba engavetada y desde el 2011 se venía aplicando un marco normativo que fijó en 12 meses el periodo de inhabilidad de los alcaldes y  gobernadores, igualándolo al de los congresistas y los aspirantes a la Presidencia de la República. Por principio de igualdad unos y otros tenían inhabilidad de un año antes de poder aspirar a un cargo de elección popular. La nueva jurisprudencia del Consejo de Estado hace a un lado esta norma poniendo de presente –nuevamente– la ley 617 que impide que alcaldes y gobernadores puedan ser candidatos antes de cumplir el “periodo” para el cual fueron elegidos.

La sentencia argumenta que si bien el elegido puede renunciar anticipadamente “la dimisión no le da el derecho a acceder a otro cargo de elección popular hasta tanto no transcurra el período para el cual fue electo, pues el compromiso con los electores es la permanencia y terminación efectiva del mismo". Y nadie tiene claro cuál es el alcance de la nueva jurisprudencia ¿aplica para congresistas y aspirantes a la presidencia? He ahí el dilema.

El asunto tiene en alarma a varios líderes de Cambio Radical. Las2Orillas conversó con gente del primer anillo del Vicepresidente Vargas quienes admiten que el asunto puede tornarse un palo en la rueda para su aspiración presidencial.

Así mismo, a varios juristas les llama la atención que el pronunciamiento del Consejo de Estado es una “sentencia de unificación”, es decir, un fallo que sienta jurisprudencia sobre un asunto entorno al cual hay varias interpretaciones. Francisco Bernate Ochoa, profesor de derecho de la Universidad El Rosario, cree que el fallo “Sí puede generar dificultad para una eventual campaña del actual vicepresidente  para quien, con este nuevo precedente, la inhabilidad de un año le correría a partir del 2018, y no desde el momento aquel en que llegare a presentar su renuncia, habrá que analizar si esta jurisprudencia aplica para todo tipo de candidaturas”. Otra interpretación tiene Ana María Moncada, directora del área de Derecho Público del bufete Moncada Abogados: “El Vicepresidente puede inscribirse a otro cargo de elección popular durante el periodo para el que fue electo sin problema porque el fallo sólo aplica para alcaldes y gobernadores”.

El presidente de Cambio Radical, Rodrigo Lara –quien se desveló leyendo de cabo a rabo el fallo y admite que este puso “patas arriba la jurisprudencia”– sobre el temido efecto colateral en la futura campaña presidencial de Germán Vargas asegura: “En derecho es imposible. Hacer una analogía que desconozca la excepción constitucional que cobija al vicepresidente es una arbitrariedad. Eso no cabe en la cabeza de ningún jurista serio”.

Todas las interpretaciones sobre la jurisprudencia que pone en jaque el proyecto político de Germán Vargas son válidas, probables e insuficientes. Sólo el propio Consejo de Estado, máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo, podrá zanjar si el vice ha quedado por fuera o no de la contienda presidencial del 2018.

@josemonsal

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