La realidad de los concursos públicos en Boyacá

La realidad de los concursos públicos en Boyacá

El departamento parece no incluir al mérito como la razón principal para elegir a sus personeros

Por: Luis Miguel Farfán Miranda
enero 20, 2016
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La realidad de los concursos públicos en Boyacá

Los indiscutibles esfuerzos para tener en la función pública idoneidad humana y profesional parecen haber quedado en la penuria. El nuevo método de elección de personeros en todas las ciudades del país para este nuevo cuatreño ha estado ligado a ser objeto de análisis y grandes críticas gracias a la jurisprudencia de la Corte Constitucional con el nuevo mecanismo de elección de personeros municipales. Este viene exclusivamente focalizado hacia la imparcialidad política y el mérito como fuente principal para proveer estos cargos , claro está que estos preceptos fijados por esta alta corte son bastante románticos , la realidad y la mezquindad política desembocan hacia la utopía.

En este nuevo proceso quedaron estipulados los parámetros a seguir en concordancia con el decreto 2485 de 2014 en la cual un 90% del total del concurso tiene las siguientes fundamentaciones:

1.  Prueba de conocimientos.

2. Evaluación de hoja de vida y por último la evaluación de competencias laborales. El 10% restante del concurso se les facultó en total independencia a los concejos municipales.

En el caso en concreto de la convocatoria pública para las elecciones de personeros, en los diferentes municipios del departamento de Boyacá nos presenta diferentes escenarios: unos resaltando la improvisación de los concejos municipales a la hora de contratar los servicios especializados exigidos por la norma, y otros con vicios procesales descarados. Un amplio porcentaje de los concejos municipales del departamento eligió a la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) para los procesos ya mencionados (esta entidad no cobraba por los servicios que requería la convocatoria) idónea y con campo a favor respecto a concursos de méritos , el otro porcentaje de concejos municipales decidió contratar con empresas privadas , la gran mayoría con una empresa de razón social B&B , empresa que en la totalidad de los casos no cumplían con los parámetros exigidos como empresas especializadas en selección de personal y ya en la ejecución contractual no cumplían con requisitos mínimos para concursos de méritos como lo son una cadena de custodia , falta de exclusividad de la prueba , mala formulación de preguntas y por ende respuestas calificadas verdaderas para ellos pero para el ordenamiento jurídico erradas . Solo menciono alguno de los vicios que tuvo esta empresa de “garaje” en la selección de personeros. Para los habitantes del departamento de Boyacá está debería ser una alarma contundente hacia la afectación directa de nuestro Derecho al “buen gobierno” es imposible describir la magnitud corruptible que tuvo los concejos municipales en el 10% restante que concernía a la entrevista.

Como “buenos” laboriosos de la actividad política, nuestros honorables cabildantes convirtieron la subjetividad que promulgaban en arbitrariedad. Es vergonzoso y fatídico que personas que recalcaron contundentemente en los procesos de conocimientos y competencias sean desechadas por una entrevista que no era más que una triquiñuela política para desvalorar la capacidad profesional , académica y laboral y escoger a conveniencia económica y burocrática. Las acciones jurídicas interpuestas no han dado los mejores resultados, pero como ciudadano espero  que se haga una verdadera justicia sobre estos procesos. Una cosa que debe tener clara el colombiano es la importancia que tiene un personero municipal en el devenir social, cultural, jurídico y político de su municipio; un personero de las entrañas, de la academia, que verdaderamente sea el garante de nuestros derechos fundamentales, un verdadero luchador de la acción popular , un recurso garantizado para la transparencia y diligenciamiento del Estado. Tal vez la noticia que causó tanta felicidad en el año de 2012 con este nuevo mecanismo es solo el principio de muchos esfuerzos que se deben realizar en los juzgados , tribunales y altas cortes para defender el mérito como la fuente principal de imparcialidad laboral y pública.

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