20 de julio: rebelión sí, independencia no

20 de julio: rebelión sí, independencia no

La rebelión en contra de las autoridades logró la convocatoria de un Cabildo, y la redacción y firma de un acta que buscaba autonomía, pero no independencia

Por: Oscar Fernando Melo Cruz
julio 20, 2017
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20 de julio: rebelión sí, independencia no

En octubre de 1807, en pleno desarrollo de las guerras napoleónicas y con el pretexto de invadir la península portuguesa, romper su alianza con los ingleses y anexarla al Imperio; Napoleón I Emperador de Francia y Manuel Godoy enviado en representación del Rey español Carlos IV de Borbón, firman un tratado en la ciudad francesa de Fontainebleau, en el que contemplan una acción militar conjunta que al cabo de un mes lograría someter a la monarquía de Juan VI de Portugal, quien tras la derrota y con su corte, se vería obligado a exiliarse en Brasil.

Tras esta conquista, las tropas napoleónicas permanecieron en territorio español e incluso la población ibérica entró en alarma ante el aumento de los efectivos militares franceses en su territorio, que varias fuentes estiman en alrededor de 65.000 soldados. Como medida de prevención y hacia marzo de 1808 la corte española se retira hacia Aranjuez, una localidad madrileña en la cual estalla en el mismo mes, un motín entre los partidarios de Fernando VII (hijo del Rey) y los seguidores de Godoy y del mismo Rey, a quienes el pueblo en general culpaba de la incómoda situación con los franceses, toda esta situación desemboca en la renuncia de Godoy como secretario de Estado de la corona, y la abdicación del Rey, a favor de su hijo.

Napoleón advertiría la incompetencia e inestabilidad de la Corona española, y decidiría entonces obligar a Carlos IV y a Fernando VII a renunciar a sus derechos monárquicos hacia su propia figura y más adelante él mismo los cedería a su hermano José Bonaparte, quien entonces sería conocido como José I de España, o popularmente como Pepe Botella, dada su adicción a la bebida. Estas intrigas políticas en la península ibérica, ocasionarían en los dominios españoles territoriales y las colonias de ultramar, la eclosión de la Junta Suprema de Gobierno, y de varias Juntas que se invistieron para gobernar en nombre del Rey Fernando VII (último rey reconocido), mientras este caía prisionero del emperador francés.

En Santafé, gobernada hacia 1808 por el Virrey Antonio de Amar y Borbón con el apoyo de instituciones como la Real Audiencia y el Cabildo, habían llegado noticias sobre la rebelión de los españoles contra los Bonaparte, que se celebraban hasta en los púlpitos de las iglesias con sermones que atacaban a los franceses y los comparaban con seres infernales. Por otra parte, los medios de producción en las colonias, tales como trapiches, telares, arados, materias primas, metales valiosos, trabajadores, etc., se encontraban en proceso de ser confiscados para ser empleados en la liberación del yugo francés sobre la Península ibérica, por lo cual las élites criollas (quienes administraban estos medios), debían moverse rápidamente en esta coyuntura, para no quedarse sin su sustento económico y social.

Es así como el 20 de julio de 1810, en el marco de unos acontecimientos planeados con anterioridad por las élites, o digamos entonces, de una “deliberada coincidencia”, se dan los hechos de rebelión en contra de las autoridades peninsulares, que lograrían en la noche de ese mismo día y mediante la convocatoria de un Cabildo, la redacción y firma de un acta revolucionaria que buscaba autonomía, pero no independencia, el Cabildo Abierto se realizó entonces, pero en él se vieron claramente diferentes intereses, puesto que para algunos de los notables santafereños la intención primaria de resolver las injusticias de las autoridades coloniales, se convirtió en un proceso mediante el cual algunos de ellos, podrían compartir el poder con el Virrey y nada más; solamente la actitud rebelde de las masas —instigadas por José María Carbonell —primero ante la actitud díscola de Amar y Borbón, quien quería imponer un Cabildo Cerrado para que no intervinieran en él posiciones independentistas, y luego contra la actitud “oportunista e interesada” de algunos notables, logró que se respetaran las exigencias de la población e incluso llegó a obtener que el Cabildo se convirtiera al asumir en su nombre la Soberanía de Fernando VII en la Junta Suprema de Santafé.

Esta acta revolucionaria contaba con las siguientes características en su contenido:

• Se dispone la creación de una Junta Suprema en Santafé, en donde resida el gobierno del Reino, mientras se elabora una Constitución y se convoca a los diputados elegidos en las Provincias.
• La Junta Suprema de Santafé, se acoge a las decisiones que tome la Junta Suprema de Gobierno que exista en la Península, ya que ella reside el gobierno, en nombre del Rey Fernando VII, rehén de Napoleón.
• Se solicita no abdicar los derechos sobre la soberanía del pueblo de Fernando VII, siempre y cuando viniera a gobernar “entre nosotros”, es decir en América.
• Menciona que de la unión entre los europeos y los americanos debe resultar la felicidad pública.
• Son nombrados como integrantes de esta Junta, políticos, intelectuales, miembros de las élites comerciales, eclesiásticos y por supuesto militares comandantes de tropas.
• Se toma como primera decisión liberar de la prisión e incorporar a esta junta a Andrés Rosillo y Meruelos, un religioso hecho prisionero en 1909 por sus discursos en contra de los abusos de las autoridades coloniales.
• El Virrey Amar y Borbón ordena a las tropas, que no hagan ningún movimiento militar y se le solicita por parte del Cabildo que las ponga a su disposición, lo que Amar rehúsa en un principio y sólo hasta que se asegura que una persona de su entera confianza, las vigile, accede. (esto muestra que Amar desconfía del Cabildo, porque él es el representante directo de la autoridad de Fernando VII en la Nueva Granada)
• Los vocales nombrados en el Cabildo, juran sobre la Biblia respetar el gobierno provisional instaurado, y que se derramará hasta la última gota de sangre para defender la religión, al monarca Fernando VII y a la libertad de la Patria.
• Otro aspecto que juran es conservar la libertad y la independencia del Reino en los términos acordados, es decir, gobernar en nombre de Fernando VII mientras él viene a gobernar en América y obedecer las disposiciones de la Suprema Junta de Gobierno española.
• Esta Junta Suprema de Santafé, reconocía en su acta de constitución a Fernando VII y al Consejo de Regencia en Cádiz como Soberano e instruía sobre el gobierno interior de la junta mientras se redactase una constitución, que colocaría a la Nueva Granada como un Estado independiente, pero federado a la Corona española, bajo la figura de la Monarquía Constitucional.
• Camilo Torres y José Acevedo y Gómez habían propuesto al Cabildo, nombrar como presidente de la Junta al Virrey español Antonio Amar y Borbón, lo cual se aprueba y se le pide que acuda al Cabildo al otro día, para ser nombrado en su cargo, previa destitución de su cargo como Virrey, dado el nuevo gobierno.

Sorprendentemente, José María Carbonell, quien había movilizado a la gente del común para que se sumara a la revolución, y además contribuyó con notoriedad para que el Cabildo fuera en gran parte abierto, no fue admitido en las deliberaciones de este, ni nombrado como integrante de la Junta de Gobierno, de hecho, días después fue puesto prisionero por la Junta encabezada por Camilo Torres y José Miguel Pey, acusado de instigar a las masas a la revolución, lo cual causaría una desestabilización en la nueva forma de gobierno asumida.

Tras un rumor, en el que Amar y Borbón pretendía mediante una contrarrevolución regresar a su antiguo estatus como Virrey, fue puesto prisionero el 26 de julio de 1810 y conducido a su exilio en la península. No obstante, la Junta Suprema de Santafé buscó sin éxito, restarle méritos a este supuesto infundio.

Años más adelante, el Congreso de los Estados Unidos de Colombia bajo el gobierno de Manuel Murillo Toro, mediante la ley 60 del 8 de mayo de 1873, se decretó “Día festivo para la República el 20 de julio, como aniversario de la proclamación de la Independencia nacional en 1810” y además “… señálase (sic) la suma de dos mil pesos anuales para la celebración de esta fiesta patriótica”.

Evalúe usted mismo qué es lo que se celebra este 20 de julio.

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